Sólo con carta fianza otorgarán medidas cautelares de pesca

embarcaciones_pesca.jpgMinistro Jorge Villasante saluda aprobación de la Ley que regula el otorgamiento de medidas cautelares referidas al uso, aprovechamiento, extracción y/o explotación de recursos naturales hidrobiológicos. Medida, impulsada por el Ministerio de la Producción, tiene como principal objetivo salvaguardar  la sostenibilidad de la pesca y evitar su depredación.

Con un solo voto en contra el Congreso de la República aprobó  el proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo mediante el cual se regula el otorgamiento de medidas cautelares para la explotación de recursos hidrobiológicos, entre ellos la anchoveta, el cual fue impulsado por el Ministro de la Producción, quien intervino en el debate sustentando la problemática presentada particularmente en los últimos meses. El debate se inició con la sustentación que estuvo a cargo del Vicepresidente de la Comisión de Justicia Congresista Raúl Castro, habiendo contado además con la adhesión de todas las bancadas representadas en el Congreso.

El titular del Sector, Jorge Villasante, desde la sede del Congreso de la República y una vez aprobada la propuesta, saludó esta decisión y afirmó que con este dispositivo se evitará que jueces otorguen medidas cautelares sin que exista una contracautela que sea de ejecución inmediata e irrevocable, como es una carta fianza, pues el Estado debe también resarcirse de los daños cuando existe afectación a recursos que son de todos los peruanos.

A través de este norma se establecen requisitos para el otorgamiento de medidas cautelares referidas al uso, aprovechamiento, extracción y/o explotación de recursos naturales hidrobiológicos, sustentándose la medida por la importancia que tiene para evitar malas prácticas judiciales que venían causando graves problemas en la administración y gestión de los recursos naturales hidrobiológicos a cargo del Ministerio de la Producción.

El proyecto de Ley fue aprobado por amplia mayoría con 84 votos a favor, uno en contra y una abstención, habiéndose dispensado de segunda votación por lo que la autógrafa debe ser remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación. 

DISPOSICIONES DE LA LEY
A partir de la presente aprobación, se indica que el Poder Judicial, al momento de otorgar una medida cautelar, deberá realizar una amplia evaluación donde se considere el daño que podría causar al interés público, en especial al medio ambiente y a terceros la referida medida, y el perjuicio que causaría al solicitante el no otorgamiento de la misma, asimismo corresponderá evaluarse el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho.

La norma refiere, también,  que es necesario  se ofrezca una contracautela consistente en una carta fianza incondicional, irrevocable y de realización automática, con una vigencia de dos años prorrogable, otorgada por una entidad de primer orden supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, cuyo  importe será igual o mayor al momento del valor del producto a obtenerse, a fin de garantizar el eventual resarcimiento de los daños y perjuicios que pueda irrogar la ejecución de la medida.

Una vez cancelada la medida cautelar, el Juez del proceso, bajo responsabilidad deberá disponer la inmediata ejecución de la carta fianza y proceder a retener el monto obtenido hasta que se determinen los eventuales daños y perjuicios que pudiera suceder con la ejecución de la medida.

Cabe indicar que una vez promulgada la Ley se aplicará de manera inmediata a las medidas cautelares en trámite. Asimismo, en el caso de aquellas medidas cautelares ya otorgadas por los órganos jurisdiccionales y ejecutados por la entidad correspondiente, el Juez del proceso, a petición de parte, concederá un plazo de 15 días hábiles para que el beneficiario de la medida adecúe la mencionada contracautela, caso contrario se dejará sin efecto la medida cautelar otorgada.

SE DISMINUIRÁN MEDIDAS CAUTELARES
El ministro Jorge Villasante, mencionó que con la promulgación de la presente Ley  se considera que disminuirán las medidas cautelares emitidas, las que venían siendo otorgadas sin mayor análisis y en algunos casos con documentos de dudosa procedencia, pudiendo advertirse que existirían en algunos casos supuestos de fraude procesal. Esta acción forma parte de acciones emprendidas por el Ministro del Sector para mantener una línea de acción contra la corrupción.

Explicó que antes de esta dación, se otorgaban las referidas medidas cautelares únicamente con una declaración por parte del solicitante, indicando que se resarciría al Estado por los daños que se podían causar. “Sin embargo en la práctica esa no era ninguna garantía”.

Por otro lado, el congresista Víctor Andrés García Belaunde (Acción Popular) saludó la presencia de Jorge Villasante en el hemiciclo, donde participó y escuchó el debate del proyecto de Ley impulsado por el Ministerio de la Producción. Indicó que su asistencia crea una nueva costumbre y fortalece el sistema democrático y las relaciones que deben existir entre los poderes del Estado.