Ley Conacine no favorece el desarrollo del cine nacionalyohny_lescano_18.jpg

Se quita recursos a municipios para dárselos a transnacionales, que ni siquiera rebajarán entradas. El magro aporte de 3.33% está condicionado a la firma de un convenio que no es obligatorio ni exigible


Respecto de la aprobación de la aclaración a la autógrafa de ley de CONACINE que se produjo hoy en la Comisión Permanente, el congresista Yonhy Lescano, declaró que tal discusión es irrelevante, pues el tema de fondo es el engaño que trae dicha propuesta aprobada y que tampoco hoy ha sida advertida en el Congreso : No es cierto que se vaya a destinar 3.33% para el fondo Conacine; 3.33% para promover la distribución de películas peruanas y 3.33% para promover la construcción de nuevos salas de cine.


Lo único que dispone la autógrafa es el aporte de 3.33% de cada entrada, por parte de las distribuidoras y exhibidores, al fondo Conacine. Nada más. Los otros aportes no están en el texto legal y es una burda mentira decir lo contrario. En otras palabras, con la norma aprobada, las distribuidoras y exhibidoras se embolsillarán el 6.66% de cada entrada, a cambio de nada, porque las entradas de cine no van a bajar de precio.

Esta Ley es un grave retroceso con relación a la Ley de Cinematografía Nacional, Ley N.º 26370 en la que los únicos beneficiarios serán las empresas exhibidoras (Cineplanet, UVK, Cinemark) y las distribuidoras transnacionales (Fox, Warner, MGM,etc.).

El aporte del 3.33% sobre el valor de cada entrada establecido por esta Ley se da sobre la base de la firma de un convenio a firmar entre empresas exhibidoras, distribuidoras y el CONACINE, sin tener mecanismo alguno de obligatoriedad y sanción alguna para la firma.

Así, mientras no se firme el convenio, las empresas exhibidoras tendrán una mayor ganancia, pues ya no tendrán que trasladar el 10% del impuesto a los espectáculos cinematográficos que esta Ley elimina, pero lo seguirán cobrando y además no aportarán el 3.33% del valor de cada entrada al Fondo Procine, el cual se mantendrá sin recursos o ingresos.

Una vez firmado el convenio, si es que se firma porque no es exigible, no existen mecanismos para demandar su cumplimiento por parte de esta ley, ni tampoco sanciones.

El Informe del Ministerio de Economía y Finanzas señala precisamente que “/si no se suscribe el mismo/ [el convenio], /dicho aporte no será obligatorio/”.

La Ley sólo establece cómo se realizará el pago del aporte por parte de las empresas exhibidoras, pero no establece como se efectivizará el pago del 3.33% del aporte por parte de los distribuidores y si éste no es claro, no se pagará.

El aporte del 3.33% del valor de cada entrada podrá se deducido como gasto para fines tributarios. La Ley no detalla específicamente en qué aspectos tributarios se podrá deducir., la misma que debió delimitar claramente en qué impuesto se puede deducir como gasto, por ejemplo: Impuesto a la Renta.

La Ley N.º 26370 establecía 2 veces al año concursos nacionales de proyectos cinematográficos nacionales de largometrajes y 4 veces al año de cortometrajes. La Ley elimina esta disposición y establece el concurso “por lo menos una vez al año”, por lo que bastará premiar 1 sola vez al año para cumplir con la norma.

La Ley dispone que por lo menos un 20% del total del Fondo Procine se destinen a las empresas de producción, servicios y distribución cinematográfica fuera de las provincias de Lima y Callao, es decir un 80% de los Fondos permanecerían en Lima y Callao, lo cual es abiertamente centralista y contradictorio con el objeto de la propia ley.

La Ley crea un Fondo Antipiratería que no es más que otra norma declarativa, que no regirá en modo alguno, pues es una contribución ínfima (0.2% del precio de cada entrada) y de carácter voluntaria por parte de las empresas distribuidoras y exhibidoras. Inclusive las disposiciones referidas a este Fondo generan duplicidad de funciones con la Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI.

Por todo ello, la Ley debe ser observada por el Poder Ejecutivo y una vez retornada al Congreso, enviada a las Comisiones de Educación y Economía para un mayor estudio y análisis a fin de dictar verdaderas y efectivas medidas de fomento a la producción cinematográfica nacional.