Aunque vendas afuera, pagas el impuesto aquí
Por Humberto Campodónico
Hace dos días la Comisión Permanente del Congreso aprobó que la ganancia de capital proveniente de la venta de empresas peruanas en el extranjero deberá pagar impuesto a la renta en el Perú.
Por Humberto Campodónico
Hace dos días la Comisión Permanente del Congreso aprobó que la ganancia de capital proveniente de la venta de empresas peruanas en el extranjero deberá pagar impuesto a la renta en el Perú.
Venta de empresas peruanas en el exteriory no pago del IR |
La ganancia de capital es aquella que realiza el vendedor de las acciones de una empresa y es la diferencia entre el monto invertido y el precio al cual vende sus acciones. Este pago procederá cuando se venda más del 50% de las acciones, es decir cuando el comprador sea el nuevo dueño de la empresa.
En esta época de la globalización, donde la práctica de compra y venta de empresas a nivel internacional es moneda corriente, esta ley se caía de madura (1). En los últimos años ha habido 5 casos emblemáticos de ventas de empresas peruanas en el extranjero por US$ 3,029 millones e impuestos no pagados por un total aproximado de US$ 760 millones (ver cuadro).
Podríamos agregar otros casos más antiguos como el de ASARCO, propietaria de la Southern, que fue comprada por el Grupo México en EEUU en 1999 por US$ 1,180 millones. Duke Energy compró, en EEUU, los activos latinoamericanos de Dominion Energy, propietaria de Egenor, en 1999; Sempra Energy y PSEG compraron Ontario Quinta, propietaria de Luz del Sur. Petrobras compró, en Argentina, a Pérez Companc (dueña del Lote X de Talara). Y así.
Este “escurridizo” proyecto de ley estaba en el Congreso desde marzo del 2008, pero los “lobbies” lograban postergar su aprobación. Uno de sus principales opositores fue el propio Presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Rafael Yamashiro, PPC.
Hay que mencionar, también, que ese impuesto a la ganancia de capital ya lo pagaban las empresas “no domiciliadas” en el Perú. Así, cuando BHP Billiton vendió Tintaya a XStrata en el 2006 por US$ 750 millones, BHP Billiton le pagó S/. 400 millones a la Sunat. Pero existía un “vacío legal” por el cual se podía eludir ese pago, que es lo que usaron Vale, Monterrico Metals, Peru Copper, Kallop y Barrett. Ese vacío ahora se ha cerrado.
Pero la actividad “lobbista” no cesa y ahora se afirma que eso va a desfavorecer la inversión extranjera en el Perú pues ésta tendrá un “costo de salida”. No, señor. Quienes realizan una ganancia de capital están obligados a pagar el impuesto de todas maneras. La cuestión es que ese impuesto lo pagan en Inglaterra (Monterrico Metals), en los EE. UU. (Barrett y William Kallop, de Petro-Tech), o en Holanda (Vale do Rio Doce por la venta del 60% de sus acciones de Bayóvar).
Claro, los “lobbistas” siempre podrían decir que si la empresa vendedora está “parqueada” en un paraíso fiscal, entonces no pagaría impuestos. Pero eso querría decir que se está de acuerdo con la evasión tributaria, justo cuando los gobiernos europeos están planteando (por lo menos en el papel) la eliminación de los paraísos fiscales.
Por todo lo mencionado, nos parece muy bien que se haya eliminado la ventana del no pago del impuesto a la renta. Pero, ojo, tan solo nos hemos puesto al día con países como los EE. UU. y Chile, donde desde hace años las ganancias de capital se pagan allí donde se genera la renta de una empresa. Y no en el extranjero.
(1) Nuestro primer artículo planteando la necesidad de ese impuesto fue: “¿La globalización nos hace cholitos?”, www.cristaldemira.com, 22/10/2002).
En esta época de la globalización, donde la práctica de compra y venta de empresas a nivel internacional es moneda corriente, esta ley se caía de madura (1). En los últimos años ha habido 5 casos emblemáticos de ventas de empresas peruanas en el extranjero por US$ 3,029 millones e impuestos no pagados por un total aproximado de US$ 760 millones (ver cuadro).
Podríamos agregar otros casos más antiguos como el de ASARCO, propietaria de la Southern, que fue comprada por el Grupo México en EEUU en 1999 por US$ 1,180 millones. Duke Energy compró, en EEUU, los activos latinoamericanos de Dominion Energy, propietaria de Egenor, en 1999; Sempra Energy y PSEG compraron Ontario Quinta, propietaria de Luz del Sur. Petrobras compró, en Argentina, a Pérez Companc (dueña del Lote X de Talara). Y así.
Este “escurridizo” proyecto de ley estaba en el Congreso desde marzo del 2008, pero los “lobbies” lograban postergar su aprobación. Uno de sus principales opositores fue el propio Presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Rafael Yamashiro, PPC.
Hay que mencionar, también, que ese impuesto a la ganancia de capital ya lo pagaban las empresas “no domiciliadas” en el Perú. Así, cuando BHP Billiton vendió Tintaya a XStrata en el 2006 por US$ 750 millones, BHP Billiton le pagó S/. 400 millones a la Sunat. Pero existía un “vacío legal” por el cual se podía eludir ese pago, que es lo que usaron Vale, Monterrico Metals, Peru Copper, Kallop y Barrett. Ese vacío ahora se ha cerrado.
Pero la actividad “lobbista” no cesa y ahora se afirma que eso va a desfavorecer la inversión extranjera en el Perú pues ésta tendrá un “costo de salida”. No, señor. Quienes realizan una ganancia de capital están obligados a pagar el impuesto de todas maneras. La cuestión es que ese impuesto lo pagan en Inglaterra (Monterrico Metals), en los EE. UU. (Barrett y William Kallop, de Petro-Tech), o en Holanda (Vale do Rio Doce por la venta del 60% de sus acciones de Bayóvar).
Claro, los “lobbistas” siempre podrían decir que si la empresa vendedora está “parqueada” en un paraíso fiscal, entonces no pagaría impuestos. Pero eso querría decir que se está de acuerdo con la evasión tributaria, justo cuando los gobiernos europeos están planteando (por lo menos en el papel) la eliminación de los paraísos fiscales.
Por todo lo mencionado, nos parece muy bien que se haya eliminado la ventana del no pago del impuesto a la renta. Pero, ojo, tan solo nos hemos puesto al día con países como los EE. UU. y Chile, donde desde hace años las ganancias de capital se pagan allí donde se genera la renta de una empresa. Y no en el extranjero.
(1) Nuestro primer artículo planteando la necesidad de ese impuesto fue: “¿La globalización nos hace cholitos?”, www.cristaldemira.com, 22/10/2002).