Inaceptable prórroga del óbolo minero
Por Humberto Campodónico
Ayer la Sociedad de Minería planteó que se prolongue cinco años más (hasta el 2016) el “Programa de Solidaridad con el Pueblo”, popularmente conocido como óbolo minero. Consiste en que las empresas aporten el 3.75% de sus ingresos para que sean invertidos en las Regiones donde están situadas las minas. El óbolo no es un impuesto y su administración está a cargo de un comité en el cual la empresa es mayoritaria.
Por Humberto Campodónico
Ayer la Sociedad de Minería planteó que se prolongue cinco años más (hasta el 2016) el “Programa de Solidaridad con el Pueblo”, popularmente conocido como óbolo minero. Consiste en que las empresas aporten el 3.75% de sus ingresos para que sean invertidos en las Regiones donde están situadas las minas. El óbolo no es un impuesto y su administración está a cargo de un comité en el cual la empresa es mayoritaria.
Gran Minería: utilidades netas 2005-2010 (US$ millones) |
El óbolo nació en el 2006 como respuesta de las empresas mineras a las propuestas electorales de García y Humala de aplicar un impuesto a las sobreganancias. Se dijo que el óbolo recaudaría S/. 2,500 millones en los 5 años de vigencia, pero cálculos actuales dicen que el total será S/. 2,300 millones. Debe tenerse en cuenta que, debido a su carácter “voluntario”, algunas empresas no han adherido al óbolo.
La prolongación es inaceptable, por dos razones fundamentales. Una, porque el Estado no puede abdicar de su responsabilidad soberana de recaudar los impuestos. Dos, porque las cantidades recaudadas son una proporción muy pequeña de las utilidades de la gran minería, lo cual no permite una adecuada distribución de la renta de los recursos naturales entre las empresas y el Estado. Veamos.
Del 2005 al 2010 las utilidades netas de la gran minería suman US$ 24,057 millones (ver cuadro). Puede verse también que en el 2005 las utilidades fueron US$ 2,731 millones, aumentando 60% en el 2006 debido a los precios extraordinarios, llegando a US$ 4,335 millones. Esta cifra se mantuvo constante en el periodo, salvo en el 2009 debido a la gran recesión internacional de ese año (aun así fueron superiores a las del 2005).
Así, las sobreganancias han estado en el rango de US$ 1,500 millones/año en promedio del 2007 al 2010, con respecto al 2005. O, lo que es lo mismo, del 2007 al 2010 (período del óbolo) las sobreganancias han sido de US$ 6,000 millones, aproximadamente. Si esta sobreganancia se hubiera repartido en la proporción 30% para el Estado y 70% para la minera (lo que es conservador) los ingresos tributarios adicionales habrían sido de US$ 1,800 millones (S/. 5,200 millones), cifra que más que duplica al magro óbolo minero.
Pero hay una tercera razón de la más alta importancia. Las empresas en general, y las mineras en particular, calculan su rentabilidad a partir de una proyección de los precios futuros de los minerales y, también, de la evolución de sus costos. En el año 2000, Antamina planteó que, con precios promedio del cobre de US$ 0.95 / libra durante los 24 años de vida útil de la mina, la tasa interna de retorno de su inversión sería de 15%, cifra considerada “muy buena” por sus accionistas.
Pues bien, debido a los altos precios, en solo 7 años de producción, su TIR ya está en 22% (Antamina y el impuesto a las sobreganancias, www.cristaldemira.com 27/11/10). Retornos similares están obteniendo el resto de las empresas mineras del país, los que superan en 5 a 6 veces las tasas de interés internacionales y del mercado de bonos.
Lo que quiere decir que nuestra legislación debe modernizarse, como la de Israel y Chile (Cristal de Mira, 12/11/10 y 07/02/11) para que se tome en cuenta el retorno de la inversión de la empresa. Lo mismo ha hecho Azerbaijan con el petróleo –en acuerdo con British Petroleum– y Barrick con la mina Pueblo Viejo en la República Dominicana (Cristal de Mira, 02/11/09).
Resumiendo, hay que decirle no a la prolongación del paupérrimo óbolo minero y, más bien, modernizar nuestra legislación. De esa manera, los mejores ingresos por recursos naturales del Siglo XIX nos ayudarán a financiar el Siglo XXI. ¿No es cierto?
www.cristaldemira.com
La prolongación es inaceptable, por dos razones fundamentales. Una, porque el Estado no puede abdicar de su responsabilidad soberana de recaudar los impuestos. Dos, porque las cantidades recaudadas son una proporción muy pequeña de las utilidades de la gran minería, lo cual no permite una adecuada distribución de la renta de los recursos naturales entre las empresas y el Estado. Veamos.
Del 2005 al 2010 las utilidades netas de la gran minería suman US$ 24,057 millones (ver cuadro). Puede verse también que en el 2005 las utilidades fueron US$ 2,731 millones, aumentando 60% en el 2006 debido a los precios extraordinarios, llegando a US$ 4,335 millones. Esta cifra se mantuvo constante en el periodo, salvo en el 2009 debido a la gran recesión internacional de ese año (aun así fueron superiores a las del 2005).
Así, las sobreganancias han estado en el rango de US$ 1,500 millones/año en promedio del 2007 al 2010, con respecto al 2005. O, lo que es lo mismo, del 2007 al 2010 (período del óbolo) las sobreganancias han sido de US$ 6,000 millones, aproximadamente. Si esta sobreganancia se hubiera repartido en la proporción 30% para el Estado y 70% para la minera (lo que es conservador) los ingresos tributarios adicionales habrían sido de US$ 1,800 millones (S/. 5,200 millones), cifra que más que duplica al magro óbolo minero.
Pero hay una tercera razón de la más alta importancia. Las empresas en general, y las mineras en particular, calculan su rentabilidad a partir de una proyección de los precios futuros de los minerales y, también, de la evolución de sus costos. En el año 2000, Antamina planteó que, con precios promedio del cobre de US$ 0.95 / libra durante los 24 años de vida útil de la mina, la tasa interna de retorno de su inversión sería de 15%, cifra considerada “muy buena” por sus accionistas.
Pues bien, debido a los altos precios, en solo 7 años de producción, su TIR ya está en 22% (Antamina y el impuesto a las sobreganancias, www.cristaldemira.com 27/11/10). Retornos similares están obteniendo el resto de las empresas mineras del país, los que superan en 5 a 6 veces las tasas de interés internacionales y del mercado de bonos.
Lo que quiere decir que nuestra legislación debe modernizarse, como la de Israel y Chile (Cristal de Mira, 12/11/10 y 07/02/11) para que se tome en cuenta el retorno de la inversión de la empresa. Lo mismo ha hecho Azerbaijan con el petróleo –en acuerdo con British Petroleum– y Barrick con la mina Pueblo Viejo en la República Dominicana (Cristal de Mira, 02/11/09).
Resumiendo, hay que decirle no a la prolongación del paupérrimo óbolo minero y, más bien, modernizar nuestra legislación. De esa manera, los mejores ingresos por recursos naturales del Siglo XIX nos ayudarán a financiar el Siglo XXI. ¿No es cierto?
www.cristaldemira.com