Ley del artesano ¿sin artesanos?
por Herbert Mujica Rojas
Típicas son las mañoserías leguleyas en que incurren burócratas ignorantes o que ya tienen dedicatoria para ciertas actividades y ponen vallas tan altas e imposibles de cumplir que entonces, los supuestos beneficiados, en este caso los artesanos, se quedan "legalmente" fuera del ámbito de competencia de su propia norma. ¿Qué es eso de pedir que las asociaciones —Reglamento de la Ley N.º 29073 del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal— tengan representatividad y acción en 14 departamentos? Y en lo referido al registro nacional, la papelería demora su trámite y ninguna asociación cubre la geografía del país, a la fecha. ¿Entonces, para qué es esta "ley del artesano"? ¿para que NO participen quienes sí saben del asunto porque de eso viven?
El Mincetur, en atribuciones otorgadas para elaborar el reglamento, rompe el diálogo y la propuesta trabajada por los artesanos-RENAPLA (Red Nacional para el desarrollo del Artesano) y expuesta en el Congreso, en la Segunda Audiencia Pública celebrada el 26-11-2007, promulgando un Reglamento que va en contra de la misma Ley 29073, ley de descentralización, etc.
Una fórmula sugiere que RENAPLA sostenga reunión permanente con la Directora Nacional de Artesanías, Burns, para encontrar una fórmula legal que supere el problema mediante un Decreto Supremo que, si no se aceptaba que fuera un documento independiente, incluso podría formar parte del Reglamento (que también es Decreto Supremo), en una Disposición Transitoria.
Esa disposición dispondría que miembros del RENAPLA integrasen el Consejo por un período prudencial, mientras se gestionan las acciones necesarias y se instalan los Consejos Locales y Regionales de Artesanos entre los cuales, a posteriori, se elegiría a los representantes al Consejo Nacional de Fomento Artesanal, en forma definitiva por lapsos de acuerdo al Reglamento, como la propia Ley permite.
En cualquier caso y mientras duran los trámites de inscripción y circuncripción, deviene imprescindible mantener a los artesanos en el ámbito y poder de su ley, porque de otro modo, se produciría la lamentable deserción "legal" de los mismos que sólo serían, como muchos discursos en el Perú, lindas palabras llenas de buenas intenciones, pero el negocio —o mejor dicho, el negociado— es para que otros, hasta exógenos y foráneos, disfruten de una ley que NO les corresponde. Realidad nada rara en el Perú de nuestros días.
Hasta donde hemos averiguado, la tesis, simple y puntual de RENAPLA, consta de los siguientes acápites:
1. Se propone Generar los Consejos Locales, Regionales de Fomento Artesanal, como lo establece la Ley, estos dos consejos formaran el Consejo de Fomento Artesanal a nivel nacional.
2. Hacer una convocatoria pública con bases e invitación a las organizaciones.
3. Proceso de selección a través de puntajes sobre criterios establecidos como:
-Inscripción en registros públicos (indispensable) y Vigencia de poderes (indispensable).
-Nivel de ventas y número de socios.
-Más de 3 años de constitución y ámbito de acción.
-Tipo de organización (1er piso, 2do piso, etc.) y logros en la comunidad.
Por tanto, una ley que en su reglamento, como en este caso, oblitera al sujeto, protagonista y actor principal al que dice favorecer, el artesano, simplemente es una mueca disforzada más y que tiene aspectos a corregir urgentemente. A menos que los dados estén ya echados o con nombre y apellidos propios. ¿Qué dicen las autoridades?
¡Atentos a la historia, las tribunas aplauden lo que suena bien!
¡Ataquemos al poder, el gobierno lo tiene cualquiera!
¡Rompamos el pacto infame y tácito de hablar a media voz!
¡Sólo el talento salvará al Perú!
Lea www.voltairenet.org/es
hcmujica.blogspot.com
Skype: hmujica