Municipalidades proponen recortar facultades de Indecopi

Para eliminar barreras burocráticas, propuesta es inaceptable, pues pretende judicializar la eliminación de barreras burocráticas municipales, las cuales representan el 85% del total, advierte la CCL

La Cámara de Comercio de Lima advierte que la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), a través de la Municipalidad Provincial de Trujillo, recientemente ha presentado al Congreso una propuesta legislativa para recortar las facultades del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en materia de barreras burocráticas municipales.


Se trata del Proyecto de Ley N.º 2677-2008-GL, presentado al Congreso por el Alcalde de Trujillo César Acuña, con el propósito de modificar el Art. 48.º de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que el Indecopi no podrá disponer la inaplicación de barreras burocráticas, cuando éstas hayan sido generadas por ordenanzas municipales o regionales.

En esencia, la AMPE esgrime que las ordenanzas municipales “tienen rango de ley” y que una simple comisión administrativa del Indecopi no debe tener facultad para inaplicar y menos para dejar sin efecto una ordenanza (ley) que emana de las municipalidades y gobiernos, regiones que gozan de autonomía constitucional.

Al proponer el cambio legislativo, la AMPE considera que si la barrera está contenida en una ordenanza municipal, la comisión del Indecopi debe elaborar un informe sobre la presunta barrera burocrática, para que la municipalidad respectiva en un plazo de 30 días decida si modifica o deroga su ordenanza. Vencidos los 30 días, se entenderá “que se ha denegado” el requerimiento del Indecopi, aplicándose el silencio administrativo negativo.

En el caso expuesto, la Comisión de Acceso al Mercado del Indecopi (ahora se llama Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas) tendría que interponer una demanda de acción popular ante el Poder Judicial, dándose inicio a un trámite judicial engorroso de no menos de 3 años.

Mientras tanto, la barrera burocrática municipal se mantendrá en desmedro de la competitividad nacional, asegura la CCL.

Antecedente

Esta no es la primera vez que las municipalidades pretenden recortar las facultades del Indecopi.

Como se recuerda, la Ley N.º 28996 facultó al Indecopi para que inaplique las barreras burocráticas contenidas en un decreto supremo, resolución ministerial o en una norma municipal o regional.

Sin embargo, mediante Ordenanza N.º 1022. la Municipalidad Metropolitana de Lima (El Peruano 21.05.08) pretendió interpretar que la facultad de la CAM del Indecopi contenida en la Ley N.º 28996 se aplicaba únicamente a las barreras burocráticas contenidas en las normas municipales (decretos, resoluciones, edictos) y no cuando tales barreras están contenidas en una ordenanza municipal, por tener ésta rango de ley.

Posición de la CCL

La Cámara de Comercio de Lima expresa su desacuerdo con la propuesta de la AMPE, por cuanto se pretende judicializar la eliminación de barreras burocráticas municipales, las que según las estadísticas del Indecopi constituyen el 85% de las trabas y sobrecostos que se imponen a los ciudadanos y a las empresas.

Lamentablemente, todos los días siguen campeando las barreras burocráticas municipales. Por ejemplo, de 49 Municipalidades de Lima y Callao —recientemente investigadas por INDECOPI— sólo 3 de ellas (Comas, La Perla y La Punta) han cumplido con publicar en su página web información relativa a i) plano de zonificación, ii) índice de suelos, iii) estructura de costos y iv) modelos y formatos, que son requisitos fundamentales para tramitar el otorgamiento de licencias municipales.

Sólo en el 33% de los procedimientos municipales los derechos de trámite se cobran a partir de una estructura de costos, en el 66% de los casos, los cobros dependen del libre criterio del funcionario municipal, expresa la CCL.

De 195 municipalidades provinciales, el 60% de ellas aún no ha simplificado sus trámites de acuerdo con la Ley del Silencio Administrativo; en el caso de las municipalidades distritales, el desacato a la Ley N.º 29060 es del 86%.

De 1,639 municipalidades distritales sólo han simplificado sus trámites 221 municipalidades a nivel nacional, puntualiza la CCL.