Inscripción para vender al Estado le cuesta hasta S/. 2100 frente al costo real que es de S/. 68
Pese a que el gobierno central impulsa el desarrollo de la micro y pequeña empresa (Mype), son los gobiernos regionales y municipales a nivel nacional que limitan su crecimiento debido a la serie de barreras burocráticas que interponen en sus procesos, explicó el Ing. Peter Anders Moores, presidente de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) ante la Comisión de Producción y Pymes del Congreso.
La CCL y la Cámara Nacional de Comercio, Producción y Servicios (PERUCÁMARAS) expusieron hoy en el Congreso sobre la problemática que tienen las pequeñas y micro empresas en el Perú.
El líder empresarial señaló que una de las barreras burocráticas que afectan la operación de las Mypes en el Perú es el Registro Nacional de Proveedores del Estado. Explicó que la Comisión de Acceso al Mercado del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) estableció que el costo real por la inscripción en el referido registro es de S/. 68. Sin embargo, a las microempresas les cobran hasta S/.560, y a las pequeñas empresas hasta S/.2,100.
Por tal motivo, la CCL ha solicitado a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y al Indecopi informar sobre la legalidad y razonabilidad de los TUPA respecto del cobro de derechos que realizan la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Consucode) y otras entidades.
Silencio administrativo
En un contexto en el que sólo el 24% de las autoridades a nivel nacional cumplen con aplicar La Ley del Silencio Administrativo (Ley N.º 29060) en sus operaciones, pese a que la norma se encuentra vigente desde hace 10 meses, la Cámara de Comercio de Lima planteó la necesidad de concretar una reunión con la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, Indecopi y la Asociación de Municipalidades para analizar los avances y acciones pendientes sobre la aplicación y cumplimiento de la referida norma.
Ordenanzas municipales
Sobre las ordenanzas municipales, la CCL resaltó la importancia de definir la entidad responsable para demandar la inconstitucionalidad de éstos dispositivos ante el Tribunal Constitucional (TC), debido a que existe un antecedente que generó preocupación en el sector luego que el TC ordenó que la demanda de inconstitucionalidad que interpuso la Defensoría del Pueblo contra una ordenanza municipal se traslade al Congreso de la República para su respuesta.
Recordó que el 21 de mayo de 2007 la Municipalidad de Lima publicó la Ordenanza N.º 1022. Sin embargo, el tema generó polémica debido a que el referido dispositivo busca limitar la competencia de Indecopi ante barreras burocráticas municipales originadas por ordenanzas.
Tributación
Otra de las barreras que impiden el desarrollo del sector de la Mype está relacionado con el tema tributario debido a que el microempresario que se acoge al Régimen Único Simplificado (RUS), sólo emite boletas de venta que no tienen efectos tributarios, es decir, no sirve para sustentar el gasto o la compra. Así que esta limitación, en la práctica, impide que este sector pueda operar con las medianas y grandes empresas y menos realizar exportaciones directamente.
“Para superar el problema, se propone regular y precisar que las boletas de venta sirvan para sustentar el gasto o la compra, con la finalidad de que las empresas acogidas al RUS, puedan operar con las demás empresas y no se trunque la cadena productiva de las Mype”, apuntó.