congreso angulo fachadaEn materia económica, administrativa, financiera y seguridad ciudadana.  Antes que termine la legislatura, la comisión de Constitución del Congreso debe revisar que cada uno de los decretos aprobados cumplan con el mandato autoritativo.

 

Entre julio y setiembre, el Poder Ejecutivo expidió un total de 63 decretos legislativos en materia económica, administrativa, financiera y seguridad ciudadana en uso de las facultades que le han sido delegadas por el Congreso, informó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

"Las medidas, en su mayoría de mediano y largo plazo, han sido publicadas en un plazo de 90 días, y esperan su reglamentación. Además, antes de que termine la legislatura, la comisión de Constitución del Congreso debe revisar cada uno de los decretos para que cumplan con las facultades que han sido conferidas, conforme lo dispone el artículo 104 de la Constitución", precisó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Mediante la Ley 30335 se delegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia administrativa, económica y financiera, para lo cual los decretos que se han publicado, intentando eliminar las diversas trabas, son:

·         Se simplifican los requisitos y condiciones para obtener licencias de funcionamiento municipal, que se expedirán de 4 a 10 días hábiles, según se trate de edificaciones de bajo o alto riesgo. También se  incorpora la tercerización en la ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad  en Edificaciones (ITSE).

·         Se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simplificación de los trámites en los tres niveles de gobierno, a fin de integrar y optimizar los procesos respecto de la elaboración, aprobación y publicación de los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA), bajo los lineamientos que serán emitidos por la PCM  como ente rector en esta materia.

·         Se aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios públicos a través de ventanillas únicas e intercambio de información en las entidades públicas.

·         Se refuerza las facultades de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas  (CBB) del Indecopi, para la aplicación de multas a los funcionarios públicos que desacatan las resoluciones de la CBB que  previamente ha declarado barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad.  Las multas serán hasta de 20 UIT, sin perjuicio de ordenar la devolución de las tasas cobradas en exceso más los intereses correspondientes. Cuando las trabas afectan a un sector de administrados, los gremios empresariales y colegios profesionales  podrán informar a la CBB, para el inicio de los procesos de oficio, investigación y sanción a los infractores.

·         Se optimiza los procedimientos administrativos y fortalece el control sanitario e inocuidad de alimentos industrializados y productos pesqueros acuícolas.

·         Se aprueba la ley marco de la inversión privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos.

·         Fortalece el Fondo Mipyme con el propósito de impulsar la innovación, la productividad y competitividad en las micro, pequeñas y medianas empresas, entre otras medidas.

·         Se modifica la Ley General de Aduanas, con el propósito de establecer nuevas medidas de control de las mercancías que ingresan o salen del país.

·         Se modifica la Ley 29230 con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios.

Asimismo, con la Ley 30336, el Ejecutivo podrá legislar en materia de seguridad ciudadana, fortalecer la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, entre otras, para combatir el sicariato, la extorsión, el tráfico ilícito de insumos químicos, la usurpación,  el tráfico de terrenos y la tala ilegal de madera. Son las siguientes:

·         Se establece el beneficio de recompensa para promover y lograr la captura de miembros de organizaciones criminales, organizaciones terroristas y responsables de delitos de alta lesividad.

·         Se incorpora en el Código Penal el delito de sicariato.

·         Se regula el uso de datos de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.

·         Se regula el uso de la fuerza en el ejercicio de la función policial, estableciendo reglas de conducta en el uso de la fuerza, así como la protección de derechos y responsabilidades en el uso de la fuerza policial.

·         Se previene y sanciona los actos de violencia en la construcción civil. Se crea el Registro de Trabajadores y el Registro de Obras de la Construcción Civil.

·         Se aprueban nuevas medidas para el acceso a la propiedad formal.

·         Se prohíbe que los policías en actividad presten servicios privados de vigilancia.

·         Se dispone el uso de videovigilancia en buses provinciales y en locales comerciales.

·         Las empresas telefónicas bloquearán celulares robados.

·         Se efectuarán mejoras en el Sistema de Investigación Criminalística.

·         Se establece el procedimiento a seguir para la inscripción de predios en los Registros Públicos.

·         Se regula sanciones a los adolescentes infractores de la ley penal.

·         Se establecen nuevas medidas para combatir delitos patrimoniales relacionados con vehículos automotores y autopartes.

·         Se dispone que la policía podrá fiscalizar, supervisar y controlar vehículos de transporte de personas y mercancías.

·         Se dispone la amnistía por 90 días  para la entrega voluntaria de armas de fuego, granadas de guerra y explosivos.

·         Se declara de prioridad nacional el fortalecimiento de la infraestructura y los servicios portuarios, entre otras medidas.

·         Se modifica la Ley de Arbitraje, incorporando medidas para prevenir y enfrentar fraudes en las transferencias de predios que se inscriben en los Registros Públicos. Los laudos arbitrales donde el Estado es parte se remitirán al OSCE. No podrán ser árbitros las personas condenadas por delito doloso. Los laudos arbitrales a ser inscritos en los Registros Públicos deben estar motivados, entre otros cambios.

·         Se modifica la Ley del Notariado, incorporando medidas de control para evitar la fabricación, adulteración y la presentación de documentos falsos que indebidamente se inscriben en los Registros Públicos.

·         Se modifica la Ley de Migraciones, incorporando nuevas medidas que regularán el ingreso y salida de personas nacionales y extranjeras, así como la permanencia de extranjeros en el país y documentos de viaje.

·         Se modifica el Código Penal regulando penas más drásticas en el homicidio calificado, la extorsión, tráfico ilícito de drogas, tala ilegal de madera. Igualmente se tipifica como delito la conspiración para el delito de terrorismo.