A un año de aplicación de la Nota Práctica N.° 3/2020. Se optimizó la gestión de los árbitros, reduciendo los costos y eliminando los tiempos muertos, a través de la incorporación de un calendario procesal.

A un año de aplicación de la Nota Práctica N.° 3/2020, el tiempo promedio de duración de los procesos arbitrales se redujo en un 45%, informó el Centro Nacional e Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

 

reduccion tiempo procesos arbitrales ccl



Asimismo, el tiempo mínimo de duración de estos procesos disminuyó en un 30% y el tiempo máximo se redujo en un 64%[1].

La institución precisó que, recogiendo las mejores prácticas internacionales, en setiembre del año pasado, se emitió la Nota Práctica No. 3/2020 que estableció la necesidad de contar con un calendario procesal acordado por las partes, con fechas concretas para las actuaciones arbitrales y el plazo para laudar, que todos los involucrados en el proceso debían comprometerse a cumplir.

Adicionalmente, para fomentar el cumplimiento del calendario procesal pactado por las partes, se incluyó la posibilidad de reducir los honorarios de los árbitros ante un eventual retraso en la emisión del laudo.
Promedio de duración de los casos arbitrales
 
Asimismo, agregó que el propósito de la Nota Práctica No. 3/2020 ha sido promover que los Tribunales Arbitrales gestionen el proceso arbitral de forma eficiente, optimizando los costos y el tiempo de su duración. Para lograr el objetivo, ha sido indispensable contar con el apoyo de los usuarios y de los árbitros, quienes adaptaron sus prácticas en aplicación de dichos lineamientos.

El Centro Nacional e Internacional de Arbitraje de la CCL recalcó que estos resultados impulsan a seguir introduciendo medidas innovadoras en el mercado arbitral peruano que contribuyan a una mayor eficiencia y calidad de los arbitrajes bajo su administración y del sistema arbitral en general.