Con ocasión del cierre del Ciclo de Conferencias del Jueves Minero 2021, el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP) organizó la presentación del tema “Esquema tributario minero peruano”, que contó con la exposición del exministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, y recibió los puntos de vista de Raúl Jacob, presidente de la SNMPE; Luis Alberto Arias, ex Superintendente Nacional de SUNAT; y Marcial García, socio de EY.
Carga fiscal del sector minero es equivalente al 47% de sus utilidades
Durante la conversación del panel de especialistas, Raúl Jacob, presidente de la SNMPE, argumentó que, en los últimos 10 años, las empresas mineras asociadas a este gremio minero-energético destinaron el 47% de sus utilidades al pago de ocho tipos de impuestos y contribuciones en nuestro país.
De esta manera, comparó que la tributación minera en el Perú es superior que la de Australia (44.3%), Chile (40.7%) y Canadá (35.5%), por lo que son jurisdicciones mucho más atractivas para la captación de mayores inversiones en este sector a razón de su régimen fiscal competitivo, principalmente.
No obstante, atribuyó que, por el efecto combinado entre las tasas de impuestos y los mejores precios de los minerales, este año el Perú recibirá del sector ingresos de S/ 14,000 millones en el 2021, siendo ampliamente a lo recaudado en el 2020 (S/ 4,073 millones).
En ese sentido, estimó que de mantenerse los precios del cobre ($ 3.90/Lb) y el oro ($ 1,600/Oz), el Perú tendría 87,700 millones de recaudación récord en el período 2022-2026.
“La recaudación proveniente del sector minero irá mejorando en la medida que mantengamos el actual esquema tributario que se creó para capturar el valor adicional que genera cuando los precios de los minerales suben”, remarcó Raúl Jacob.
Empresas mineras con convenios de estabilidad pagan más impuestos
Por su parte, Marcial García, socio de la consultoría EY, apuntó que la carga fiscal varía en cada compañía minera en función a la utilidad por la aplicación de las tasas progresivas, lo que conlleva a que la carga tributaria minera fluctúe entre 44% y 56% con convenios de estabilidad.
Precisamente, las empresas que poseen convenios de estabilidad tributaria deben pagar una prima de 2 puntos porcentuales por encima de la tasa regular del impuesto a la renta para tener derecho a la invariabilidad de las reglas de juego por períodos de 10 a 15 años.
“En realidad, con estos convenios de estabilidad tributaria, las grandes compañías mineras pagan más impuestos en comparación a otras actividades económicas en el Perú y a otros países con los que competimos por inversiones”, indicó García.
Sin embargo, consideró que la aplicación de la tasa de regalía mínima de 1% ocasiona un impacto regresivo que neutraliza el efecto progresivo del impuesto especial a la minería hasta que se llega a un nivel aproximado de rentabilidad de 30%, con lo cual la carga tributaria empieza a aumentar ligeramente y el sistema recaudatorio se torna progresivo.
“Este efecto progresivo ya se está viendo reflejado en las estadísticas de la SUNAT. Con cifras a noviembre de este año, la recaudación tributaria proveniente del sector minero ha crecido un 220% y 140%, en comparación a los años 2020 y 2019, respectivamente”, señaló el abogado.
Con ello, mencionó que este año se espera batir un récord de recaudación minera. A la fecha, ya se tiene S/ 17,300 millones y podría superar los S/ 18,000 millones al cierre del 2021.
Reforma tributaria minera es inadecuada e irrelevante
A su turno, Luis Alberto Arias, ex-Superintendente Nacional de SUNAT, remarcó que el esquema tributario peruano es hoy atractivo para las inversiones mineras y es un modelo que ha merecido el reconocimiento a nivel internacional por su predictibilidad y razonabilidad.
Es así que, frente al intento del Gobierno de reformular el marco de tributación para la minería, aseveró que la pretensión de elevar entre 3% a 4% la carga fiscal resulta inadecuada e irrelevante, pues este sector aporta con la mayor recaudación de impuestos y contribuciones para el país.
“Dado el nivel de evasión y el nivel de informalidad en el Perú, el eje de la política fiscal y tributaria no puede estar basado en el aumento de impuestos ni en el incremento de las tasas impositivas”, aseguró.
Criticó, además, que este año se perdieron 5 meses que han afectado la confianza y han generado incertidumbre, ocasionando que el Gobierno pierda capital político para sentase a conversar técnicamente sobre tributación con las compañías mineras.
Con respecto a las versiones populares que sostienen que la minería no es responsable con sus obligaciones fiscales, el economista incidió en la necesidad de educación tributaria para desmentir mitos como el del doble pago de IGV.
“La tributación internacional obliga al pago de IGV por una única vez, ya que no se puede tributar por el mismo concepto al salir de un país y al entrar a otro. En ese sentido, cuando se realizan operaciones de exportación, es lógico que no se pague IGV y que se tenga que devolver el crédito fiscal a las empresas; caso contrario, se estaría cargando este concepto a los costos y se estaría generando una distorsión en el mercado”, explicó Luis Alberto Arias.
Finalmente, recordó que la devolución del IGV no solo beneficia a las grandes empresas mineras, sino también a compañías agropecuarias y de otros sectores económicos.
Con información de IMMP