El Pleno del Congreso aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 7141/2023-CR y 7188/2023-CR, el cual propone que el titular de un puerto privado de uso público que cuente con habilitación portuaria puede brindar servicios portuarios de manera exclusiva.
“Una vez otorgada la habilitación portuaria, la Autoridad Portuaria competente otorga la exclusividad en la prestación de servicios portuarios esenciales que haya solicitado el titular del puerto privado junto con la licencia portuaria. Dicha exclusividad es de aprobación automática”, señala el texto del dictamen aprobado.
La decisión se adoptó por 72 votos a favor, 32 en contra y cuatro abstenciones. La propuesta será materia de segunda votación transcurrido los siete días calendario
La propuesta modifica los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, con el fin de fomentar el desarrollo portuario, mejorar las condiciones en la administración e inversiones de la infraestructura portuaria.
Indica que la infraestructura portuaria podrá ser entregada en administración al sector privado hasta por 30 años, prorrogables hasta por el mismo plazo, en cualquiera de las modalidades como asociación en participación, contratos de arrendamiento, contratos de concesión, contratos de riesgo compartido, contratos de gerencia, contratos societarios; y, otras modalidades establecidas en la legislación.
El congresista Eduardo Salhuana Cavides (APP), presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, dijo que el tema de los puertos en los últimos años ha adquirido singular importante para el empresariado y, a la vez, generador de desarrollo económico para la población.
El legislador José Cueto Aservi (RP), señaló que su propuesta promueve la actividad privada en el ámbito portuario y que dentro de esa prórroga puedan hacer inversiones en trabajo de infraestructura y logística.