Indecopi cancela registro de marca Aeroperú por falta de uso
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) canceló, por falta de uso, el registro de la marca “Aeroperú la línea aérea de bandera” y su logotipo.
Dicha marca fue inscrita el 31 de julio de 2003 por la Empresa de Transporte Aéreo del Perú S.A., Aeroperú, en la clase 39 de la Clasificación Internacional, que sirve para distinguir servicios de transporte, embalaje, almacenaje de mercancías y organización de viajes.
La ley señala que cualquier persona o empresa interesada en utilizar una marca puede solicitar la cancelación de su registro, si es que ésta no ha sido utilizada durante los tres años anteriores a la fecha en que se presente el pedido de cancelación.
La decisión de cancelar la marca Aeroperú ha sido debidamente informada a la Asociación de Trabajadores Accionistas de Aeroperú y de Top Consulting Management S.A., entidad liquidadora de la Empresa de Transporte Aéreo del Perú S.A., Aeroperú.
Este fallo de la Comisión de Signos Distintivos del INDECOPI se encuentra dentro del plazo de ley para ser impugnado, vía reconsideración ante la misma Comisión, o vía apelación ante la Sala de Propiedad Intelectual, última instancia administrativa de la institución.
Cabe indicar que la solicitud de cancelación fue presentada por el señor Diego Antonio Vásquez de Velasco Jiménez a título personal. Él a su vez ha solicitado, entre otros, el registro de la marca “Aeroperú la línea aérea de bandera” y logotipo, en la Clase 39, así como del lema comercial “El Perú te espera… conócelo con Aeroperú”.
Este caso aún se encuentra dentro del plazo para que se presenten impugnaciones contra dicha resolución, tras lo cual se continuará el trámite según corresponda.
La ley señala que cualquier persona o empresa interesada en utilizar una marca puede solicitar la cancelación de su registro, si es que ésta no ha sido utilizada durante los tres años anteriores a la fecha en que se presente el pedido de cancelación.
La decisión de cancelar la marca Aeroperú ha sido debidamente informada a la Asociación de Trabajadores Accionistas de Aeroperú y de Top Consulting Management S.A., entidad liquidadora de la Empresa de Transporte Aéreo del Perú S.A., Aeroperú.
Este fallo de la Comisión de Signos Distintivos del INDECOPI se encuentra dentro del plazo de ley para ser impugnado, vía reconsideración ante la misma Comisión, o vía apelación ante la Sala de Propiedad Intelectual, última instancia administrativa de la institución.
Cabe indicar que la solicitud de cancelación fue presentada por el señor Diego Antonio Vásquez de Velasco Jiménez a título personal. Él a su vez ha solicitado, entre otros, el registro de la marca “Aeroperú la línea aérea de bandera” y logotipo, en la Clase 39, así como del lema comercial “El Perú te espera… conócelo con Aeroperú”.
Este caso aún se encuentra dentro del plazo para que se presenten impugnaciones contra dicha resolución, tras lo cual se continuará el trámite según corresponda.