rafael roncagliolo 2Tras el primer día de la fase oral, en la cual al Perú tocó sustentar su posición en la demanda interpuesta ante la Corte de Justicias de La Haya para recuperar nuestro mar usurpado por Chile, el canciller Rafael Roncagliolo destacó la tradición peruana de búsqueda de soluciones pacíficas a las controversias internacionales.

Subrayó la claridad de nuestra argumentación: “el Perú solicita a la Corte: 1.º La delimitación marítima en la zona de superposición mediante una línea equidistante, que debe trazarse desde el Punto Concordia, acordado en 1929 como el término de la frontera terrestre, a fin de lograr una solución equitativa; 2.º El reconocimiento de los derechos soberanos del Perú sobre el llamado “triángulo externo,” que se encuentra dentro de las 200 millas a partir de las costas del Perú y más allá de 200 millas de la costa de Chile. Dicho espacio forma parte forma parte de la proyección marítima del Perú, no obstante Chile lo considera alta mar”, declaró.

El siguiente es el texto oficial de sus declaraciones:

Declaraciones del señor Canciller en La Haya

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Buenas tardes.

Este ha sido un día muy intenso y estamos muy satisfechos con las presentaciones hechas por nuestro Agente, el Embajador Allan Wagner, y nuestros abogados. Como hemos señalado, el caso de la delimitación marítima con Chile es de la mayor importancia para el Gobierno y para el pueblo del Perú. Es también una oportunidad para reafirmar la tradición peruana de la búsqueda permanente de soluciones pacíficas a las controversias internacionales. Ello da fe de nuestro respeto por la Corte Internacional de Justicia, de la cual fue Presidente el ilustre peruano José Luis Bustamante y Rivero.

La posición peruana es clara: no existe ningún acuerdo de límites marítimos entre el Perú y Chile. Ante esta situación, el Perú solicita a la Corte: 1.º La delimitación marítima en la zona de superposición mediante una línea equidistante, que debe trazarse desde el Punto Concordia, acordado en 1929 como el término de la frontera terrestre, a fin de lograr una solución equitativa; 2.º El reconocimiento de los derechos soberanos del Perú sobre el llamado “triángulo externo,” que se encuentra dentro de las 200 millas a partir de las costas del Perú y más allá de 200 millas de la costa de Chile. Dicho espacio forma parte forma parte de la proyección marítima del Perú, no obstante Chile lo considera alta mar.

En relación a esa diferencia, en la década de los 80’ el Perú buscó una solución negociada, en el marco del moderno Derecho del Mar. La gestión del Embajador Bákula de 1986 y los posteriores intentos, que incluyeron el pedido formal de 2004, tuvieron por objeto precisamente promover un diálogo bilateral sobre esta materia. Ante la imposibilidad de lograr una salida negociada, hemos acudido a la Corte, como una opción pacífica y civilizada. Como habrán podido apreciar, el tono de todas las exposiciones peruanas ha sido alturado, como corresponde a un caso que involucra a dos países hermanos.

Deseo resaltar nuestro respeto por el Derecho Internacional, en particular, por las normas del derecho consuetudinario tal y como está recogido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. La Constitución y las leyes peruanas son plenamente concordantes con el moderno Derecho del Mar.

Finalmente, creo que es importante resaltar que, en nuestra perspectiva, el Perú y Chile son países que deben caminar por un mismo camino, mirando juntos el futuro. El Perú confía plenamente en la Corte y tiene la certidumbre de que resolverá este caso bajo criterios exclusivamente jurídicos. Esto permitirá que, una vez expedido el fallo, ambos países consolidemos el futuro de paz, unidad y bienestar que anhelan nuestros pueblos.

Muchas gracias.


Lima, 3 de diciembre de 2012