“Cárcel para los que dañen pasivos ambientales”

En el diario La República del 28 de mayo de 2008, en la sección Política (sin nombre de autor), se lee:

Cárcel para los que dañen pasivos ambientales

El ministro del Ambiente, Antonio Brack, anunció que su portafolio promueve reformas al Código Penal, a fin de establecer penas de cárcel, no menores de cuatro años, a quienes causen perjuicio a los pasivos ambientales, la flora y la fauna.


Comentario:

Se ha incurrido en impropiedad léxica, pues pasivo ambiental es el daño causado al ambiente (suelos, aguas, aire, etc.) por la actividad humana, ya sea por accidente o negligencia. Por tanto, decir que se daña a un pasivo ambiental implica que se revierte o disminuye el estrago, lo cual sería algo beneficioso. Es el equivalente a decir: el fármaco daña al tumor, en lugar de: el fármaco genera el tumor. Así, en el primer caso la acción es benéfica, pues el fármaco daña a un elemento maligno para el cuerpo —el tumor—, mientras que en el segundo caso ocasiona un tumor y daña al cuerpo, es un efecto nocivo.

Entre los errores de redacción, los más nefastos son aquellos que no sólo dificultan la comprensión, sino que cambian totalmente el sentido de lo que se esperaba expresar, como en este caso, donde se llega a decir exactamente la idea opuesta.

Por tanto, si quiere emplear la locución sustantiva pasivos ambientales, podemos decir:

Cárcel para los que causen pasivos ambientales

El ministro del Ambiente, Antonio Brack, anunció que su portafolio promueve reformas al Código Penal, a fin de establecer penas de cárcel, no menores de cuatro años, a quienes generen pasivos ambientales y dañen la flora o la fauna.