En el diario limeño Exitosa del 30 de marzo de este año, con el título “Una propuesta sorprendente”, se lee en la columna de Rosa María Palacios:

El cardenal y arzobispo de Lima, como cualquier perso­na, tiene todo el derecho del mundo para hacer propues­tas. Y la que ha hecho ayer ha sido una verdadera sorpresa. Ha pedi­do un referéndum para decidir si se aprueba o no la Unión Civil y el Pro­tocolo para aplicar el aborto tera­péutico regulado en el Código Penal desde 1924.

 

Comentario

1) Es preferible emplear el nombre de cargos con mayúscula si no preceden a un nombre: Arzobispo de Lima. En cuanto a cardenal, es un título general.

2) La Real Academia Española indica que derecho, en el sentido de ‘Posibilidad legal o moral de hacer algo’, se construye con a o de: tiene el derecho a viajar, tiene el derecho de pedir.

3) Cuando una palabra en latín ya se asimiló al DRAE, como referendo, es preferible usarla y no el término en latín, para evitar que el texto parezca pedante.

4) No hay razón para escribir con mayúsculas “Unión Civil” ni “Protocolo”, pues “Unión Civil” no es un término que haya sido incorporado con una definición al Código Civil, mientras que “Protocolo” es un término general. De aprobarse el protocolo en mención, se definiría no como “protocolo”, sino probablemente con un nombre específico, por ejemplo, “Protocolo de Aborto Terapéutico”, entonces sí podría ser correcto emplear mayúsculas.

5) El Código Penal de 1924 no “regula” el aborto terapéutico, sino que lo tipifica. Su regulación podría ser incorporada, por ejemplo, dentro de un procedimiento en el Código Procesal Penal.

Podríamos decir por ejemplo:

El cardenal y Arzobispo de Lima, como cualquier perso­na, tiene todo el derecho del mundo de hacer propues­tas. Y la que ha hecho ayer ha sido una verdadera sorpresa. Ha pedi­do un referendo para decidir si se aprueba o no la unión civil y el pro­tocolo para aplicar el aborto tera­péutico tipicado en el Código Penal desde 1924.