En el diario español El País del 10 de noviembre de este año, con el título “Condenan a 30 años al médico que mató con inyecciones a su esposa en Costa Rica”, se lee en el artículo de Noor Mahtani:
Hace tres semanas, de hecho, el país restringió más aún el derecho al aborto [que ya es de los más conservadores de la región]. A partir de ahora, solamente se podrá realizar un aborto sin sanción penal cuando la vida de la madre esté en peligro. Ya no basta con que haya una grave amenaza a la salud de la madre, sino que debe existir riesgo de vida.
Comentario
1) El sustantivo riesgo indica la posibilidad o proximidad de algún daño. La connotación es negativa, por lo tanto no debe emplearse un sustantivo positivo como la vida.
2) Es incorrecto el uso de corchetes en este contexto, corresponde comas, paréntesis o rayas de intercalación.
Podríamos decir
Hace tres semanas, de hecho, el país restringió más aún el derecho al aborto, que ya es de los más conservadores de la región. A partir de ahora, solamente se podrá realizar un aborto sin sanción penal cuando la vida de la madre esté en peligro. Ya no basta con que haya una grave amenaza a la salud de la madre, sino que debe existir riesgo de muerte.
