Herberth Cuba García
Ejecutivo recorta partidas del Sector Salud para el 2016 La Comisión de Presupuesto del Congreso de la República ha aprobado el dictamen de la Ley de Presupuesto para el año 2016. El debate de esta norma es crucial porque es lo que en verdad piensa hacer el gobierno.
Una recomendación insistente de la Contraloría General de la República ha sido que los convenios logísticos con organizaciones internacionales o intergubernamentales contengan mecanismos de fiscalización apropiados, ágiles y drásticos. La extraterritorialidad de estos organismos y la protección diplomática de sus funcionarios complican o anulan la capacidad de fiscalización del Estado.
El artículo 35 del Proyecto señala: “autorízase, por excepción, al Minsa y a Essalud la celebración de convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga con la Organización Panamericana de Salud (OPS) y con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), para la adquisición de los productos contenidos en la relación siguiente” y a continuación enumera una serie de vacunas, jeringas, y medicamentos e insumos necesarios para cumplir las metas de salud pública. Asimismo, se incluye al Fondo de Población de la Naciones Unidas (Unfpa), para la adquisición de productos de planificación familiar y otros. Este artículo no señala monto o techo presupuestal, dándole discrecionalidad del gasto al Minsa. Además, la transferencia se aprueba sólo mediante resolución ministerial. A renglón seguido señala: El Minsa y Essalud deben brindar información a la Contraloría General de la República (CGR), al MEF y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), “de ser solicitada por estos”. Es decir, un relajamiento de las normas de fiscalización y control. Renuencia a acatar las recomendaciones de la CGR.
El artículo 38 autoriza al SIS a realizar compras de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios a través del Minsa y la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Dares). Esta es una nueva función que se otorga al SIS. La norma señala que la compra será en beneficio de sus afiliados y el gasto se deducirá de las transferencias que se realiza a los organismos públicos del Minsa y a los gobiernos regionales. Es decir, se centraliza el financiamiento y la logística en desmedro de las regiones. El Minsa necesitará reestructurar la llamada compra conjunta corporativa de medicamentos que realiza con Essalud, las sanidades Militares, la sanidad policial y otros.
Para implementar esta compra es necesario un decreto supremo refrendado por el MEF. La norma pretende solucionar la escasez de fármacos en los establecimientos de salud públicos a nivel nacional. Sin embargo, tampoco plantea el monto presupuestal, otorgando una vez más discrecionalidad al Minsa, con el agravante que serán dineros que se deducirán a los gobiernos regionales.
Al SIS, según el artículo 37, se le recorta funciones al retrotraerlo a un simple administrador de fondos. El consenso del Foro del Acuerdo Nacional ha sido fortalecerlo hasta convertirlo en un verdadero seguro de salud. Es un retroceso. Se ha puesto restricciones al uso del dinero asignado al SIS mediante la aprobación de un decreto supremo del MEF. Es más, a partir de marzo del 2016, la norma señala que el SIS no financiará contratos bajo el régimen laboral 1057 (CAS).
En relación al cumplimiento de la implementación del régimen laboral 1153, el Artículo 39 asigna 395 millones de soles, sin embargo el requisito es que las plazas se encuentren en el “aplicativo informático para el registro centralizado de planillas y de datos de los recursos humanos del sector público a cargo del MEF”, y de un decreto supremo también del MEF. Es decir, al presupuesto insuficiente se agregan las rigideces del MEF. Estos requisitos serán motivo de diversas interpretaciones y fuente de conflictos laborales.
El Presupuesto del sector salud (Minsa y salud de las regiones) es de S/.13,463 millones y representa una reducción, frente al 2015, de 257 millones de soles. El del SIS es de 1653 millones y tiene una disminución de 47 millones frente al 2015. Además, los S/.13,463 millones representan el 9.7% del presupuesto total de la República y sólo el 2.09% del PBI. No hay reforma de salud que se pueda implementar con tan poco dinero.
El Proyecto ha disminuido el presupuesto para la salud, ha burocratizado y centralizado la utilización de los fondos y ha relajado los mecanismos de fiscalización del gasto. ¡Qué lejos estamos del 6% del PBI para la salud recomendado por los organismos internacionales y exigido por la ciudadanía! . El Pleno del Congreso de la República todavía puede enmendar la plana.
13 de Noviembre del 2015
ASOCIACION MEDICA PERUANA