JNE: Tener la reserva de denominación no implica inscripción de una organización política
Es el paso previo para luego solicitar el registro ante el ROP, precisó el JNE. Funcionario del organismo electoral explicó los alcances de dicha reserva, los requisitos para obtenerla, el procedimiento, entre otros aspectos
La obtención del certificado de reserva de denominación que expide la oficina de Servicios al Ciudadano (SC) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a una agrupación política no significa que esta haya alcanzado su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), pues este documento constituye un paso previo que puede culminar en la presentación de la solicitud de inscripción, precisó el organismo electoral.