Aprueban construcción de faja transportadora de minerales en el Callao
La iniciativa del congresista Mekler busca evitar que continúe la contaminación con plomo de los chalacos
Con la finalidad de proteger y salvar la vida y la salud miles de personas en el Callao la Comisión de Transportes y Comunicaciones de Congreso de la República aprobó por unanimidad la aprobación de la ley 27761, estableciendo un plazo para la construcción de la faja transportadora hermética temporal de minerales del Callao.
El proyecto aprobado, iniciativa del congresista Isaac Mekler, declara de necesidad pública la erradicación de contaminación ambiental en los puertos. De aprobarse en la Comisión permanente, en un año, a más tardar, el ministerio de Transportes, en coordinación con la Autoridad Portuaria Nacional, tendrá el plazo de 540 días para instalar la faja transportadora.
Agregó que pese a los 18 estudios realizados por la autoridad portuaria, los minerales se siguen transportando en camiones y vagones sin ninguna protección, lo que ocasiona que la población infantil de los asentamientos humanos Puerto Nuevo y del CE ‘María Reiche’ presenten plomo en su sangre en valores que son exceden largamente a los límites permisibles.
Asimismo, mencionó que la urgencia de la construcción de la faja transportadora mediante proyecto de ley se da por la insensibilidad e incapacidad de la ministra de Transportes, Verónica Zavala a pesar de que se comprometió en octubre del 2007 a dar una solución inmediata convocando a una urgente licitación desde los depósitos hasta las bodegas, pero sin resultados hasta el momento, deploró.
Isaac Mekler sostuvo que la contaminación con plomo en el primer puerto es muy grave, tanto así que los resultados de estudios presentados en diferentes reportes muestran que un sector importante de la población chalaca tiene niveles de plomo en la sangre, siendo los más perjudicados los escolares que habitan en esas zonas; más de la mitad de ellos superan el 20 ug/dl de plomo en la sangre, lo que equivale a dos veces el valor máximo recomendado por la Organización Mundial de la Salud.
Finalmente, reveló que el dictamen dispone también que complementariamente, y mientras dure el proceso de implementación de la faja, el MTC deberá regular y fiscalizar el adecuado manejo de transporte de concentrados de minerales; y autoriza a la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU) a celebrar contratos de servidumbre de paso, y al Ejecutivo para que dicte las normas complementarias que hagan posible el cumplimiento de la norma.
Agregó que pese a los 18 estudios realizados por la autoridad portuaria, los minerales se siguen transportando en camiones y vagones sin ninguna protección, lo que ocasiona que la población infantil de los asentamientos humanos Puerto Nuevo y del CE ‘María Reiche’ presenten plomo en su sangre en valores que son exceden largamente a los límites permisibles.
Asimismo, mencionó que la urgencia de la construcción de la faja transportadora mediante proyecto de ley se da por la insensibilidad e incapacidad de la ministra de Transportes, Verónica Zavala a pesar de que se comprometió en octubre del 2007 a dar una solución inmediata convocando a una urgente licitación desde los depósitos hasta las bodegas, pero sin resultados hasta el momento, deploró.
Isaac Mekler sostuvo que la contaminación con plomo en el primer puerto es muy grave, tanto así que los resultados de estudios presentados en diferentes reportes muestran que un sector importante de la población chalaca tiene niveles de plomo en la sangre, siendo los más perjudicados los escolares que habitan en esas zonas; más de la mitad de ellos superan el 20 ug/dl de plomo en la sangre, lo que equivale a dos veces el valor máximo recomendado por la Organización Mundial de la Salud.
Finalmente, reveló que el dictamen dispone también que complementariamente, y mientras dure el proceso de implementación de la faja, el MTC deberá regular y fiscalizar el adecuado manejo de transporte de concentrados de minerales; y autoriza a la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU) a celebrar contratos de servidumbre de paso, y al Ejecutivo para que dicte las normas complementarias que hagan posible el cumplimiento de la norma.