La resolución emitida por el Tribunal Constitucional sobre el pago de los bonos de la reforma agraria fue realizado sobre un documento fantasma, pues la demada figura como interpuesta pore el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), pero esta institución asegura que nunca la presentó, por lo cual alguien usurpó el nombre de dicho colegio.
La aclaración fue realizada por el decano del CIP, Carlos Herrera Descalzi, quien precisó que se ha utilizado el nombre del CIP para la interposición de esa demanda.
¿Cómo pudo estar en trámite una demanda tantos años, en los cuales los magistrados y sus asistente han invertido mucho tiempo de trabajo sufragado por todos los peruanos, sin que el TC se entere de que por medio está una usurpación del nombre del CIP?
Con el agravante de que el CIP no es parte afectada, se vislumbraría una próxima declaración de nulidad de dicha resolución.
Sin duda, los procedimientos del Tribunal Constituciona evidencian un vacío que es necesario subsanar para evitar que vuelvan a presentarse demandas o acciones espurias, como en este caso, para que el tiempo de los magistrados y del personal del TC se invierta sólo en trámites legítimos, para así reducir además la sobrecarga procesal.
De otro lado, diversos constitucionalistas coinciden en que el fallo no es parte de las atribuciones de los magistrados y aclaró que ellos solo pueden tomar decisiones sobre la inconstitucionalidad de las normas, declarar fundadas acciones de inconstitucionalidad y dirimir conflictos de competencia entre dos empresas
Por su parte, los congresistas de la bancada de Acción Popular– Frente Amplio presentarán una moción de censura contra el fallo del TC por promover fondos especulativos de lobistas que podrían saquear al Perú por más de 4,500 millones de dólares y agrega que la resolución tiene una raíz de nulidad y es prevaricadora en tanto se dicta fuera del plazo de ley para que intervenga el TC y fue aprobada por voto dirimente del presidente del TC, Óscar Urviola tras no obtener la mayoría de los integrantes.
En tanto, el economista Jorge González Izquierdo, exministro de Trabajo, sostuvo que los magistrados salientes del Tribunal Constitucional han excedido sus funciones al resolver sobre asuntos técnicos y económicos que son competencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), al fallar en torno a cómo y cuándo debe pagar el Estado los bonos de la reforma agraria de 1969, según explicó a La Primera.
Aunque se manifestó de acuerdo en que el Estado cumpla en pagar, señaló que el tribunal excedió sus funciones al fijar hasta ocho años el plazo de pago, pues esto debió dejarse para que los funcionarios del MEF lo determinen porque los jueces no manejan toda la información para establecer plazos ni es su competencia.
El especialista en temas agrarios y director de la revista Agronoticias, Reynaldo Trinidad, advirtió que en el fallo el empate entre los magistrados fue roto por el voto dirimente del presidente del TC, Óscar Urviola, quien antes fue ejecutivo del Banco de Crédito que tiene en su poder parte de los bonos.
Cuestionó que los magistrados del TC hayan menospreciado a la moneda nacional al establecer la dolarización del pago y refirió que de manera coincidente otra gran parte de la deuda la tiene la compañía norteamericana Gramercy que compró estos valores por precios viles aprovechando información privilegiada que le suministraron ministros de Economía de la época de Fujimori en adelante.