Disposición no favorece a autores de delitos graves
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana, informó que el Consejo de Ministros aprobó un decreto legislativo que permite variar la pena de cárcel efectiva, con algunas condiciones, y otorgar beneficios penitenciarios para poner en libertad a los internos, con el objetivo de superar el hacinamiento en los penales del país.
“Existe una sentencia del Tribunal Constitucional que dispone que en los próximos dos años se deben cerrar aquellos penales que no reúnan las condiciones que dispone la ley. Hemos visto que las condiciones que existen en los penales no son las más adecuadas. Entonces, el propósito de esta norma es dar un beneficio premial a los internos que hayan demostrado una conducta ejemplar durante los últimos años”, señaló al concluir la sesión del Consejo de Ministros en Palacio de Gobierno.
Beneficiados
Detalló que “esta norma beneficiará a los internos que hayan cometido delitos culposos, de poca lesividad; y de ninguna manera a los procesados o sentenciados por secuestro, robo agravado, terrorismo, violación sexual, entre otros delitos vinculados con el crimen organizado”.
La medida aplicará para aquellos internos que hayan cometido delitos de menor gravedad, como delitos culposos, falsificación de documentos, hurto simple, estafas simples, lesiones leves, etcétera.
Asimismo, a aquellos que hayan sido sentenciados a penas de hasta ocho años por delitos de menor gravedad, y que hayan cumplido la mitad de la pena y estén ubicados en las etapas de tratamiento de mínima o mediana seguridad del régimen cerrado ordinario.
De igual forma, a quienes hayan sido sentenciados con penas de hasta diez años, pero hayan cumplido ocho años de la pena impuesta y estén ubicados en las etapas de tratamiento de mínima seguridad del régimen cerrado ordinario.
Finalmente, se regula un procedimiento simplificado para el acceso a los beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional mediante la formación de expedientes electrónicos.
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