Teresa Olekhnovitch

La opinion publica peruana esta dividida por causa del pedido de indulto para Alberto Fujimori.

Cada cual rechaza o aprueba este beneficio al ex presidente presidiario segun el odio o simpatia (de los fujimoristas) que le profesen.  

Pero no solo la opinion publica en general sino tambien los, digamos especialistas del derecho, "juristas" o abogados que dan sus opiniones contradictorias en funcion de sus impulsos emocionales por el personaje de que se trata pero en ningun caso argumentos tecnicos o racionales, se oponen entre ellos.

Valle Riestra, por ej, que se tiene por un tribuno del derecho dice que "no hay impedimentos" para el indulto a Fuji. Este "jurista" en mal de opinion versada se equivoca.

En el Peru, existen los impedimentos legales para conceder un indulto como son la ley (dictada por el mismo Fujimori) el "secuestro agravado" y los delitos (o crimenes) de lesa humanidad. para este tipo de delitos no es posible el indulto.

Sin embargo, el indulto que es una potestad presidencial, puede admitir el indulto no por razones, legales, juridicas o por razones politicas sino por un motivo humanitario que es un motivo de otro orden, el orden etico.

Este motivo de orden etico, el humanitario, debe fundarse en condiciones objetivas insalvables para el solicitante, como es la razon de un estado de salud grave (a la que puede anadirse la edad avanzada del sujeto) es una condicion que debe ser verificada, evaluada, certificada por una comision de medicos expertos nombrados por la autoridad administrativa judicial, comision que dara su diagnostico libre de toda presion e intromision ajena a la medicina.

La otra condicion debe ser que el paciente condenado, no tenga ninguna posibilidad de ser tratado medicalmente en el medio carceral en las condiciones de tratamiento que requiere su estado de salud.

Dadas estas condiciones, el criterio de indulto por razones humanitarias, puede darse, pues este criterio esta por encima del de legalidad.

El criterio humanitario, que pertenece al orden etico, hay que subrayarlo, esta por encima de los ordenes politico, juridico e inclusive moral.

Por que el criterio humanitario? Porque la administracion de justicia y un Estado que tiene vocacion a ser un pais civilizado no debe colocarse por debajo o al nivel moral del sentenciado.

El Estado asi, se erige a un plano superior, el de la magnanimidad, virtud que un delincuente desconoce, carece.

En el caso de Fujimori, la administracion de justicia y las autoridades politicas antes de emitir una opinion y adoptar una decision deben asegurarse del cumplimiento de las condiciones objetivas de la gravedad de su estado de salud y de la posibilidad o imposibilidad de procurarle el tratamiento medico necesario en su medio carceral.