Jorge Yeshayahu Gonzales-Lara*
15 años después de la aplicación del llamado programa "Anticoncepción Voluntaria Quirúrgica" durante la década de 1990, como programa de planificación familiar del gobierno de Alberto Fujimori, se puso en evidencia que el programa violo los derechos reproductivos de mujeres indígenas y campesinas con escasos recursos económicos en el Perú. El estado peruano tomo la decisión de reiniciar las investigaciones durante el periodo de 1990-2000 donde se estima aproximadamente 350 mil mujeres indígenas y campesinas de zonas rurales empobrecidas fueron objetivo principal del programa, que causó al menos la muerte de un número de mujeres y infecciones crónicas a un centenar de mujeres, además de los post-traumas psicológicos resultado de la mala-practica clínica.
El programa de esterilizaciones forzadas contra las mujeres indígenas (esencialmente quechuas), con el nombre de "Plan de salud pública y que fue presentado el 28 de julio de 1995. El plan fue financiado principalmente por la Agencia de Cooperación Internacional de Estados Unidos con 36 millones de dólares y, con una cantidad mucho menor, por el Fondo de Población de las Naciones Unidas -UNFPA.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió a las autoridades peruanas que garanticen una investigación sin demora, efectiva, exhaustiva, independiente e imparcial sobre las esterilizaciones forzadas de mujeres. Todas las mujeres que fueron obligadas a someterse a esa intervención deben obtener plena reparación, como dispone el derecho internacional “En julio de 2002, el informe final del Ministro de Salud revelo que, entre 1995 y el 2000, 331.600 mujeres fueron esterilizadas, mientras que 25.590 hombres sufrieron una vasectomía. El plan, que tenía como objetivo disminuir el número de nacimientos en los sectores pobres de la sociedad peruana, apuntaba esencialmente a los indígenas de las zonas más abandonadas. Este programa adolecía de un programa post-tratamiento además de los efectos psicológicos post traumáticos. No había programas alternativos, se trataba de la esterilización como método para reducir la reproducción de un segmento de la sociedad portador y reproductor de la pobreza.
En el Perú esta decisión ha dividido a la opinión pública en un discurso social encubierto de racismo cuando se trata de mujeres andinas, campesinas y pobres, y se refieren a ellas como mujeres que reproducen hijos como “conejos”, se habla que hubo errores como en todo programa de planificación, pero se les hizo un favor, porque ellas “actúan y se reproducen como animales.” La esterilización forzosa es considerada como un crimen de lesa humanidad y/o un crimen de guerra y un delito grave de violencia sexual. Fue reconocido como crimen de guerra. En el Perú ocurrió durante el conflicto armado entre las Fuerzas Armadas y los grupos armados Sendero Luminoso y el Movimiento MRTA. Sendero Luminoso desarrollo una política de terror contra la población andina y de reclutamiento forzado de la población indígena.
Otras voces buscan justificar este tipo de política minimizando el tema a errores de la política pública de salud, o a mujeres que por “dinero” han hecho denuncias. Pero existían cuotas de esterilización lo que pone en evidencia que era una política sistemática frente a un grupo social en que se buscaba reducir la capacidad reproductiva de natalidad. Este sector social humano invisible para el Estado ha sido ignorado e invisibilizado por la falta de políticas publicas.
La esterilización forzosa es considerada como un crimen de lesa humanidad, un crimen de guerra y un delito grave de violencia sexual. Fue reconocido como crimen de guerra en el proceso de Núremberg desarrollado entre 1945 y 1946 por iniciativa de las Naciones Aliadas vencedoras al final de la Segunda Guerra Mundial, en los que se determinaron y sancionaron las responsabilidades de dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacional-socialista de Adolf Hitler.
Los elementos que caracterizan la esterilización forzosa son:
§ 1.- Que el autor o autores hayan privado a una o más personas de la capacidad biológica de reproducción de manera irreversible.
§ 2.- Que dicha esterilización no haya tenido justificación en un tratamiento médico o clínico de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su libre consentimiento o se haya conseguido el consentimiento mediante engaño.
La esterilización forzada permanente se realiza con fines eugenésicos y de castigo con el fin de impedir la reproducción de un segmento de la población que se considera portador de rasgos defectuosos -retrasos mentales, delincuentes...-, o de un grupo social definido por su raza, etnia, religión u otra característica que se desea limitar o eliminar. También se considera esterilización forzada los programas de anticoncepción no voluntaria o forzosa para el control de la natalidad.
En la historia de la humanidad las esterilizaciones forzadas son aquellas que se han producido sin consentimiento, ni justificación medica o clínica, con la intensión eugenésica punitiva. Durante el periodo de 1990 -2000, ser pobre, mujer, indígena y analfabeta en el Perú podrían ser penada con la esterilización punitiva. La política de planificación familiar estuvo marcada de un alto contenido racista y discriminatorio, en la percepción que las mujeres indígenas son sucias, estúpidas y flojas, que solo saben "procrear más hijos", y más aun muchas de ellas no sabían leer ni escribir. El firmar un documento legalmente carecía de valor, cuando la persona firmante desconocía el contenido o que un testigo diera fe del contenido que fue leído y la persona entendía el mismo. Este dentro este conjunto de aspectos sociales, "legales" además de la mala práctica clínica en que se desarrollaron las esterilizaciones sobre un segmento social con caracteres étnicos y sociales específicos.
Jorge Yeshayahu Gonzales-Lara, MA. Sociology, CASAC-T)
*Sociologo MA, CASAC-T
New York
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