Por Guillermo Olivera Díaz*
La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) usa la misma treta de Alan García, negándose a levantar el secreto bancario de muchos que llenaron de dólares sus faltriqueras, de ampararse en un fallo del Tribunal Constitucional (TC) que no es aplicable al tema de interés público que investiga la Megacomisión de Sergio Tejada.
Lo decidido por el TC (Exp. N.° 156-2012-PHC-TC), siguiendo una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (31-1-2001), se aplica en el trámite del antejuicio o acusación constitucional, dónde ya existe un investigado formal frente a una denuncia constitucional, con cargos concretos, concreción del principio de la legalidad-sustantividad y defensa frente a esos cargos conocidos y comunicados con la antelación debida.
En las comisiones investigadoras, tipo la Megacomisión, todavía no existe una denuncia constitucional, ni cargos concretos, ni tipificación precisa de los hechos, porque todo eso será producto de las investigaciones que terminarán con recomendaciones y conclusiones que, aprobadas por el Pleno del Congreso, recién motivarían la formalización de una denuncia constitucional que calificará la subcomisión de acusaciones constitucionales, o sea, propiamente durante el inicio del antejuicio.
Los fallos, tanto del TC peruano, como de la Corte de San José, sirven para el desarrollo de este llamado antejuicio, donde es propio hablar del respeto a las garantías mínimas del debido proceso.
Por otro lado, el Artículo 97.° de la Constitución Política faculta a las comisiones investigadoras acceder a cualquier información, como hacer uso del levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria para el cumplimento de sus fines, en un momento procesal en que todavía no existe formalmente un investigado, sino sólo un citado. La declaración que éste brinde no lo convierte en investigado con derecho a que le señalen los cargos, los hechos concretos y su tipificación, haciéndole conocer la figura penal objeto de la investigación contra éste.
Por ende, la SBS está usando la misma treta alanista, la cual Alan García también lo pretende usar ante la Defensoría del Pueblo, si es que ésta emite un pronunciamiento con óptica alanista y encubridora.
Se trata de un uso impropio; pues los citados fallos no son aplicables a las comisiones investigadoras que ven un "asunto de interés público", en cuyo comienzo nadie conoce lo que realmente pasó, qué alimañas bullían debajo de la alfombra, como es el caso de la "gestión presidencial 2006-2011" que el pleno del Congreso encomienda a la Megacomisión. ¿Sabríamos, por ejemplo, cuántos condenados por tráfico ilícito de drogas fueron liberados vía las malhadadas conmutaciones? Hoy sabemos, después de lo investigado, que fueron 3,207 casos. ¿Qué leyes se violaron al conmutar o rebajar estas penas? Tal es otro cometido de la Megacomisión.
¡Sólo la viveza y trampa de Alan, como la estratagema del bíblico Onán, quiere que le enrostren los cargos y le insuflen el tipo penal antes de ir al baño y se baje los pantalones!
Díaz* Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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2-5-2013