usuaria pcEl Consejo Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú (CONACUP) saludó la decisión de Osiptel de prohibir el uso de la denominación 4G a las empresas operadoras de servicios de internet y telefonía móvil, por ser un servicio de categoría inferior, que no corresponde a 4G, y recuerdan que sobre esta materia el CONACUP remitió una comunicación al Osiptel.

 

Señalan que  en el mes de septiembre de este año remitió la carta N.° 09-43/2012 al Consejo Nacional de Protección al Consumidor, del cual OSIPTEL es parte, solicitando que se regule el término 4G en vista que su indefinición estaría vulnerando los derechos de los consumidores, dicha comunicación se hizo de público conocimiento mediante nota de prensa N.° 30-09/2012.

En tal sentido, manifestó el Dr. Paul Castro presidente de CONACUP, queremos saludar la decisión de OSIPTEL por haber tomado en cuenta nuestra petición y en consecuencia prohibir a las empresas operadoras que brindan servicios de acceso a Internet móvil y fijo inalámbrico, el uso del término 4G o Cuarta Generación para la comercialización de sus productos.

Creemos que ello es un paso muy importante ya que así se garantiza el derecho a la información de los consumidores, promoviendo mayores y mejores espacios e instrumentos de información y haciendo más transparente el mercado, afirmó el Dr. Castro García.

El presidente de CONACUP mencionó que ahora queda solicitar públicamente a las empresas operadoras y retails del sector se comprometan para que en el más breve plazo y de manera voluntaria, tomen las medidas necesarias para compensar a sus clientes por los productos y/o servicios adquiridos bajo la modalidad 4G.

Sin perjuicio de ello, se está evaluando las acciones legales para denunciar ante INDECOPI a todas aquellas empresas que han venido ofreciendo productos y/o servicios con la supuesta tecnología 4G por publicidad engañosa o falta de idoneidad, con las consecuencias legales y multas respectivas, concluyó el Dr. Paúl Castro García.