El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) inició procedimientos administrativos sancionadores a tres empresas de seguros, por presuntas infracciones en contra de los consumidores que solicitaron el pago de indemnizaciones del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Luego de una investigación efectuada por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del INDECOPI, se detectó que tres empresas aseguradoras que comercializan el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), habrían pagado algunas indemnizaciones fuera del plazo legal de 10 días.

En ese sentido, ante estos indicios de presuntas infracciones al deber de idoneidad establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, y para cautelar los intereses económicos de los ciudadanos, la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1 del INDECOPI inició procedimientos administrativos sancionadores contra las empresas Rímac Seguros y Reaseguros S.A., Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. y El Pacífico Peruano-Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.

En caso se determine la existencia de infracciones a las normas de protección al consumidor, la Comisión podría imponer sanciones que, según el Código, van desde una amonestación hasta una multa de cuatrocientos cincuenta (450) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Como se sabe la idoneidad es la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamente recibe, en función a lo que se le hubiera ofrecido, la publicidad e información transmitida, las condiciones y circunstancias de la transacción, las características y naturaleza del producto o servicio, el precio, entre otros factores atendiendo a las circunstancias del caso.