El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó a la empresa Bembos S.A.C., por no adoptar medidas de seguridad suficientes en el área de juegos de uno de sus establecimientos, lo que ocasionó que un niño sufriera un accidente.
Los padres del menor denunciaron que su hijo cayó desde una pera colgante, hecho que le produjo lesiones en el brazo izquierdo.
La empresa denunciada manifestó que la referida zona de juegos contaba con un recubrimiento especial, capaz de amortiguar las eventuales caídas de aquellos que treparan a la pera colgante. Agregó que el accidente se produjo debido a que el niño realizó un uso inadecuado del juego, lo cual no debió haber sido permitido por sus padres.
En ese sentido, la Sala Especializada en Protección al Consumidor señaló que, si bien verificó que el piso de la zona de juegos estaba recubierto, este no era suficiente para amortiguar alguna caída pues se usaba una espuma blanda de 2 centímetros de espesor. Así, el recubrimiento no resultó idóneo, ya que se acreditó que el niño sufrió lesiones.
De acuerdo a las normas de protección al consumidor todo proveedor ofrece una garantía implícita por los productos y servicios que comercializa y ofrece en el mercado, los cuales deben resultar idóneos para los fines y usos previsibles para los que normalmente se adquieren en el mercado.
En esa dirección, el INDECOPI multó a Bembos S.A.C. con 5 UIT (18 mil 500 nuevos soles). Además, estableció como medida correctiva, que el proveedor cumpla con reembolsar al denunciante la suma de 1 528 soles por los gastos en la atención médica del menor.
Asimismo, la empresa mencionada deberá acondicionar las áreas de juegos de sus locales con colchonetas o similares cuando la estructura del juego contemple la posibilidad de caídas de los menores.