palacio justicia 2Gran triunfo del movimiento de consumidores en el Perú: Poder Juidicial declara nula Resolución de INDECOPI en el caso Notarios

La asociación de consumidores Defensoría del Vecino de Ica debidamente asesorada por el Dr. Paúl Castro García denunció a diversos notarios por no contar con lista de precios de sus servicios, como exige el actual Código del Consumidor. Dicha denuncia fue declarada fundada por el INDECOPI en primera instancia, sin embargo y de manera insólita la Sala de la Competencia (hoy Sala Especializada en Protección al Consumidor) del INDECOPI aplicó una exención de responsabilidad no contemplada en el Art. 104 de la Ley 29571 Código del Consumidor, logrando con ello —de manera irregular— revocar la resolución, declarándola infudada.

 Como era de esperarse, dicha decisión generó una serie de protestas y pronunciamientos públicos por parte de las asociaciones de consumidores y cierto sector académico, con las consecuentes amenazas veladas al abogado de la denunciante, el Dr. Paúl Castro García, así como miembros de dicha asociación de consumidores, informa el Consejo Nacional del Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú (CONACUP).

A pesar de ello se continuó luchando, presentándose las correspondientes demandas via el proceso contencioso-administrativo en el Poder Judicial, sin perjuicio de ello y de manera parela y oportunamente se le pidió a la actual Sala Especializada de Protección al Consumidor de INDECOPI se pronunciase sobre dicho tema, a través de una solicitud de nulidad de oficio que en su momento se ingresó.

En lo que respecta a la nulidad de oficio que se presentó ante la actual Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI, dicho órgano resolutivo del INDECOPI prefirió no pronunciarse argumentando "razones procesales" y perdiendo asi la oportunidad de corregir la resolución de marras que por decir lo menos encierra una aberración jurídica y es una decisión que sólo causa indefensión a los consumidores y extiende un manto de impunidad a los proveedores infractores, señaló el Dr. Paúl Castro

En lo que corresponde al Poder Judicial, el flamante 26.° Juzgado en la Contencioso Administrativo con Sub Especialidad en Temas de Mercado, mediante Resolución N°12 de fecha 06/11/2013, recaída en el Expediente N°04648-2012-0-1801-JR-CA-26 ha declarado NULA la resolución de marras, dejando así sentado un precedente en favor de los consumidores. Dicha sentencia recoge el deber especial de protección que debe regir las decisiones de todas los estamentos del Estado, incluído y de manera especial del INDECOPI, ya establecidos en su momento por el Tribunal Constitucional y que esperamos siga manteniendose, precisó el abogado especialista en Derecho de Mercado y acutal presidente del CONACUP.

Ahora los abogados de INDECOPI seguramente apelaran dicha sentencia a pesar del contenido y trascendencia de la misma, y de nuestra parte -señala el Dr. Paúl Castro García- se seguirá defendiendo a los consumidores hasta el final como siempre hemos hecho, evitando así cualquier atropello que se cometa contra los derechos de los 30 millones de consumidores y usuarios del país, vengan los abusos de donde vengan.