Entre los años 2011 y 2013 se impusieron multas que superan 900 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a empresas de transporte terrestre interprovincial a nivel nacional.
Desde el año 2011 a setiembre del 2013, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), impuso multas por 910,96 Unidades Impositivas Tributarias a 156 empresas de transporte interprovincial terrestre de pasajeros que incumplieron con la obligación de brindar información a los consumidores, así como por la falta de idoneidad, es decir por no ofrecer un servicio adecuado a sus clientes.
Según el análisis del Mercado de Transporte Interprovincial de Pasajeros por vía Terrestre, realizado por la Gerencia de Estudios Económicos del INDECOPI, dichas sanciones fueron aplicadas en el periodo enero de 2011 hasta setiembre de este año.
Las empresas más multadas fueron: Expreso Cial S.A.C. (67,10 UIT), Turismo Civa S.A.C. (45,75 UIT), Transportes Cruz del Sur S.A.C. (40,51 UIT), Empresa de Transportes Flores Hnos. S.R.L. (40 UIT) y Empresa de Transportes Junín S.R. Ltda. (22,77 UIT), entre otras.
Las causas principales que motivaron las sanciones fueron: no cumplir con la obligación de brindar información sobre el servicio (67 multas) y la falta de idoneidad en el incumplimiento de las condiciones de la prestación del servicio (58 multas). Otros motivos fueron: incumplir las medidas correctivas dictadas por el INDECOPI (42 multas), pérdida del equipaje (39 multas) y no contar con el Libro de Reclamaciones (29 multas).
Las que más suben precios
El estudio incluyó las tarifas que cobran algunas empresas formales de transporte terrestre interprovincial con una presencia importante en Lima. En este aspecto se pudo conocer que las empresas que más elevan sus precios, en promedio, en épocas de gran demanda como Navidad, son: TEPSA (67,49%), Civa (54,26%), Oltursa (41,10%) y Transportes y Turismo Raraz (45,67%).
Asimismo, las rutas que en promedio muestran mayores alzas de precio de pasajes, durante el periodo analizado, fueron Lima – Camaná (94,44%); Lima – Zarumilla (80,95%); y Lima – Tumbes (61,98%).
El INDECOPI no tiene competencias para fijar el precio de los pasajes, los mismos que se rigen por el la ley de la oferta y la demanda. Sin embargo, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, pone a disposición de la ciudadanía esta información para que los consumidores puedan informarse y optar por la empresa de transporte que más les convenga.
Para conocer los detalles del estudio, pueden ingresar al siguiente enlace:
http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/0/jer/publicacionesqs/ObservatorioMercadosTIPT-2013_v2.pdf