Asegura el Indecopi
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) confirmó que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) impuso una barrera burocrática ilegal al negarse a renovar la autorización al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) para operar como centro de inspección técnica vehicular en Lima.
El MTC basó su decisión, contenida en la Resolución Directoral 3840-2012-MTC/15, del 4 de octubre de 2012, en la existencia de una cláusula de exclusividad establecida en el contrato de concesión firmado entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Lidercon Perú S.A.C. el 20 de septiembre de 2004.
Sin embargo, la Ley 29237 -Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares- establece, expresamente, que las autorizaciones para brindar el servicio de inspecciones técnicas vehiculares “se otorgan sin carácter exclusivo”. Asimismo, ni la referida ley ni su reglamento establecen que la existencia de una cláusula de exclusividad contenida en algún contrato de concesión sea una causal de impedimento o negativa para otorgar o renovar la autorización solicitada, en este caso, por el SENATI.
Esta decisión adoptada por el INDECOPI permitirá que en el mercado de servicios de inspecciones técnicas vehiculares exista competencia en beneficio de los consumidores. Ello, en aplicación de las normas generales de fomento de la competencia y, en particular, de la Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, N.° 29237.