El Indecopi ictó medidas correctivas que obligan a devolver el dinero gastado por la compra del fármaco.
La Sala Especializada en Protección del Consumidor del Indecopi, confirmó la multa de 15 UIT, equivalente a S/. 57 000, contra Oncosalud, por infringir las normas de protección al consumidor, tras acreditar que esta entidad se negó a proporcionar un medicamento indispensable para el tratamiento de cáncer, a un consumidor que adquirió seguro médico.
La decisión que confirma el pronunciamiento emitido, en primera instancia, por la Comisión de Protección al Consumidor N.° 1, precisa que Oncosalud, de manera injustificada, se negó a asumir el costo del medicamento denominado “Erlotinib”; pese a que en su publicidad (página web y cartas remitidas) ofreció cobertura integral e ilimitada para dicho tratamiento, el cual incluía las medicinas.
La resolución de la Sala, última instancia administrativa, también, confirma las medidas correctivas impuestas. Así, ordena a Oncosalud que cumpla con otorgar al consumidor el medicamento denominado “Erlotinib”, en caso sea recetado nuevamente, reembolsando los costos acreditados que pudo tener el consumidor por la adquisición de dicho fármaco, durante su tratamiento contra el cáncer.
Otra medida correctiva impuesta por el Indecopi es que Oncosalud debe adoptar las medidas necesarias para informar a los consumidores, a través de sus distintas vías de comunicación y en términos fácilmente comprensibles, las exclusiones contenidas en sus programas de prestación de salud.
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