Desde hoy puede iniciar gestiones para el retiro de su CTS

clientes mostrador 2Desde hoy pueden iniciarse las gestiones para el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), luego de que en la víspera se publicó la ley que autoriza a disponer libremente del ciento por ciento del excedente de cuatro remuneraciones brutas.

 

El director del área laboral de PwC, César Puntriano, refirió que ayer se publicó, en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 30334, que establece medidas para dinamizar la economía en el 2015.

Última remuneración

En ese sentido, se considerará el monto de la última remuneración del trabajador y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones financieras la cifra intangible de cada trabajador.

La norma es de aplicación a partir de hoy, pero el retiro no podrá ser inmediato, pues se requiere que el empleador comunique a la entidad depositaria de la CTS el importe intangible de cuatro remuneraciones brutas.

No hay plazo

No se contempla plazo para ello, por lo que el empleador podría tomarse 24, 48 o 72 horas o inclusive cinco días como señalaba el DS 008-2014-TR, que fue aplicable para el retiro excepcional dispuesto por el Decreto de Urgencia 001-2014 (venció el 31 de diciembre del 2014).

Fiscalización  

Por último, la norma señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se encargará de comprobar el cumplimiento; aunque también es competente para hacerlo la Sunafil, pues el ministerio únicamente fiscaliza a las microempresas.

En esa medida, el monto intangible de la CTS se ha reducido, pero el pronto retiro dependerá de la celeridad del empleador en informar dicha suma al depositario de este beneficio.

Reglamento dará facilidades

A inicios de mayo, el titular del MTPE, Daniel Maurate, informó que su sector elaborará un reglamento para que los trabajadores no tengan inconvenientes al momento de retirar el dinero que les corresponda por la CTS.

En ese sentido, según dijo, el reglamento que preparará su cartera brindará facilidades para apartar el monto excedente.

“De forma que el trabajador, cuando llegue al banco, no tenga complicaciones para retirar ese dinero y lo pueda destinar o gastar como mejor decida”, precisó en entrevista para Andina Online.

Detalló que en dicho reglamento también se indicará que los empleadores tienen que ofrecer facilidades a los trabajadores para informar a los bancos respecto a la cantidad de dinero de libre disponibilidad.

En cuando a las especificaciones, el ministro indicó que el mencionado reglamento será “demasiado pequeño y práctico”.


 Con información de Andina, 25.06.2015