La Comisión Nacional contra la Biopiratería (CNB), presidida por el Indecopi, durante el 2020 identificó 42 casos de procesos de patentes (un 75% más que en el 2019) en diferentes oficinas de patentes del mudo. Dichos casos están vinculados a recursos biológicos peruanos como: maca, sangre de grado, sacha inchi, ungurahui, maíz morado, camu camu, tara, pasuchaca, yacón, aguaje, entre otros.
Los casos de biopiratería fueron identificados en las oficinas de patentes de: China, Estados Unidos de América, Japón, Brasil, Chile, Australia, Francia, Uruguay, Canadá, Argentina, México, Filipinas, Taiwán, entre otras. En coordinación con la Cancillería del Perú se han presentado oposiciones en 34 casos con el fin de evitar que se conviertan en patentes de manera indebida. Las oposiciones a los demás casos serán presentadas en el primer trimestre del presente año.
Desde su creación, en el año 2004, la CNB ha resuelto favorablemente para el Perú, 57 casos de biopiratería. El año pasado mantuvo el monitoreo de 1098 recursos biológicos en el sistema de patentes (460% más que el año anterior).
En esta labor, la CNB ha priorizado 268 recursos biológicos de origen peruano, los cuales monitorea de manera permanentemente en todo el mundo y así verificar si existen solicitudes de patentes en las que se empleen recursos biológicos peruanos o conocimientos de nuestros pueblos indígenas a los que hayan accedido de manera indebida.
Hay que precisar que se conoce como biopiratería el acceso y uso no autorizado y no compensado de recursos biológicos peruanos o conocimientos tradicionales de nuestros pueblos indígenas, en contravención de los principios establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica y las normas vigentes sobre la materia, tales como:
DECISIÓN 391: régimen común sobre el acceso a los recursos genéticos, vigente en los cinco países miembros de la Comunidad Andina de Naciones desde 1996, cuyo reglamento entró en vigencia en febrero del 2009.
LEY N.° 27811: ley que establece el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos, vigente desde agosto del 2002.
De otro lado, durante el 2020 la CNB analizó y registró 6000 documentos en la base de datos especializada BIOCTPI, con información sobre conocimientos tradicionales y documentos de patentes.
Asimismo, emitió 12 ediciones del Boletín BIOPAT-Perú, en los que se identifican las tendencias de uso de nuestros recursos biológicos en el mundo, utilizando como fuente la información de patentes. Estos boletines han tratado sobre las siguientes especies: acaí, ungurahui, huingo, ayahuma, maravilla del Perú, camu-camu, alpaca, maracuyá, entre otros.
También hay que destacar que la CNB y el Ministerio del Ambiente elaboraron conjuntamente el “Manual de funcionamiento de la comisión nacional como punto de verificación del Protocolo de Nagoya”. Este documento tiene el objetivo de informar en la plataforma del mencionado protocolo, los posibles casos de acceso ilegal a recursos genéricos peruanos. Así se fortalece la difusión de los posibles casos de biopiratería para frenarlos o prevenirlos, pues será visualizada por todos los países.
CNB es única en el mundo
Es importante precisar que la CNB es la única de este tipo en el mundo. Fue creada para la protección al acceso a los recursos genéticos de origen peruano y a los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas, mediante la Ley N.° 28216, publicada el 01 de mayo de 2004. Esta Comisión se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros y es presidida por el Indecopi.
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DECISIÓN 391: régimen común sobre el acceso a los recursos genéticos, vigente en los cinco países miembros de la Comunidad Andina de Naciones desde 1996, cuyo reglamento entró en vigencia en febrero del 2009.
LEY N.° 27811: ley que establece el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos, vigente desde agosto del 2002.