Abugattás defiende al Tribunal Constitucional por Ley 28166


Tribunal Constitucional (TC) actuó dentro de sus funciones. No hay denuncia posible


“El Tribunal Constitucional actuó conforme a sus facultades y ejerciendo su rol de Supremo Intérprete de la Constitución”, afirmó el congresista Daniel Abugattás al preguntársele por el fallo emitido por el TC, que declara inconstitucional la Ley 29166, que regula el uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas y que autorizaba, en su artículo 7, el “uso de la fuerza letal” en cumplimiento del deber.


Abugattás Majluf fue el autor de la Acción de Inconstitucionalidad presentada en febrero de 2008, junto con la firma de 31 congresistas, solicitando que dicha ley sea declarada Inconstitucional.

“Con esta Ley el Gobierno daba Licencia para matar a los miembros de las Fuerzas Armadas, pues les permitía atentar contra la vida humana, so pretexto de cumplimiento de órdenes. La Ley permitía hacer fuego abierto en una simple manifestación política”, indicó  al ser preguntado por los resultados de su demanda.

La sentencia 002-2008-AI/TC, publicada ayer en la página web del Tribunal Constitucional, declaró INCONSTITUCIONAL el artículo 7 de la Ley, que autoriza el uso de “fuerza letal” a las fuerzas armadas; y exhortó al Congreso a legislar sobre cómo éstas deben participar en el control del Orden Interno, respetando la Constitución y los alcances de la sentencia.

Por ello, ante la amenaza del ex presidente de la Corte Suprema, Vicente Ugarte del Pino, de denunciar constitucionalmente a los 31 congresistas firmantes, expresó que Al parecer (Ugarte) no ha leído la Constitución, pues desconoce que ésta legitima a los congresistas para presentar Acciones de Inconstitucionalidad. Hemos actuando en ejercicio pleno de nuestras facultades y por lo tanto su propuesta no tiene asidero constitucional alguno”, subrayó.

Abugattás manifestó además, que al ser supremo intérprete de la Constitución y de las Leyes, “el Tribunal Constitucional tiene la amplia facultad de declarar inconstitucional las leyes, interpretarlas conforme a la Constitución y hacer exhortaciones al Legislativo”. Por lo tanto, precisó que es jurídicamente inviable la propuesta del congresista Sousa y de Mauricio Mulder de denunciar constitucionalmente a los magistrados que emitieron el fallo. “Hacerlo significa desconocer la facultad que la propia Constitución ha otorgado a los Tribunos y para la cual el propio Congreso los ha elegido. El Congreso no puede borrar con el codo lo que escribió con la mano”, puntualizó enfáticamente.