Denuncian corrupción en rutas ferroviarias de Machu Picchu
Habrían cometido graves delitos
En peligro seguridad de turistas con operadores ferroviarios no calificados para el importante servicio.
Eso se llama fraude legal y consiste en crear o modificar normas para cometer delitos. Esas normas criminales no surten efecto.
Las graves implicancias de las maniobras que han rebajado ilegalmente los niveles de excelencia que deben tener las empresas ferroviarias que operen en el Perú, con el fin de abrir la ruta Cusco-Machu Picchu a operadoras carentes de la calidad necesaria, son abordadas por el abogado César Nakazaki, consultado por LA PRIMERA.
En peligro seguridad de turistas con operadores ferroviarios no calificados para el importante servicio.
Eso se llama fraude legal y consiste en crear o modificar normas para cometer delitos. Esas normas criminales no surten efecto.
Las graves implicancias de las maniobras que han rebajado ilegalmente los niveles de excelencia que deben tener las empresas ferroviarias que operen en el Perú, con el fin de abrir la ruta Cusco-Machu Picchu a operadoras carentes de la calidad necesaria, son abordadas por el abogado César Nakazaki, consultado por LA PRIMERA.
- ¿Conoce usted el caso la acción de amparo presentada por Ferrocarril Transandino S.A. ante el Tribunal Constitucional, por las irregularidades que abren la vía Cusco-Machu Picchu a operadores carentes de las garantías y solvencia necesarias? ¿Qué opina al respecto?
- Sí, he tenido oportunidad de conocer el caso y he llegado a la conclusión de que el Tribunal Constitucional debe considerar que este no es un simple problema de un supuesto monopolio, sino básicamente que se ha cometido el delito de fraude, al modificarse un reglamento oficial con el fin de eliminar dos garantías fundamentales, las cuales establecían que para operar un servicio ferroviario en el Perú las empresas deben tener experiencia en el transporte de personas y tener solvencia económica y financiera. Ha sido una modificación ilegal, dirigida a permitir que empresas sin la calificación debida, con experiencia solamente en transporte de piedras (minerales), sean las que entren a trasladar personas. Este es un aspecto de fondo que el Tribunal Constitucional no puede dejar de tener en cuenta.
-¿Cómo debiera fallar el Tribunal, teniendo en cuenta esos elementos?
- Por los elementos que he mencionado, el Tribunal debe declarar fundada la acción de amparo, y porque también en la forma hay graves irregularidades. Peruval gana en primera instancia la demanda de amparo contra la modificación del reglamento ferroviario, por ser irregular, sin que haya sido apelado el fallo oportunamente por el Estado, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y estando la sentencia en ejecución aparece el viceministro Puga Pomareda y, entre gallos y medianoche, sin poderes legales para hacerlo, presenta un recurso de queja por el cual la Sala Superior Civil del Cusco, incurriendo en prevaricado, concede el recurso de apelación de un caso ya terminado. Es como si el árbitro hubiera dado validez a un gol cuando el partido ya hubiera terminado. Con ese recurso, modifican la sentencia y declaran improcedente la demanda de Peruvial. El caso ha subido al Tribunal Constitucional por la vía del recurso de agravio, y el Tribunal tiene dos opciones, o mantiene la improcedencia o declara la nulidad por reconocer fundamentada la demanda.
-Parece que se está generalizando la modalidad de modificar normas con fines indebidos…
- Eso se llama fraude legal y consiste en crear o modificar normas para cometer delitos. Esas normas criminales no surten efecto. Si se demuestra que hubo modificación ilegal de una norma, sus efectos son nulos. Ojalá que el Ministerio Público y el Poder Judicial pueden enfrentar esta tendencia. Si combatir a los delincuentes que usan chavetas y cuchillos es difícil, es mucho más difícil combatir a quienes usan las leyes para cometer delitos.
-En este caso, ¿qué delitos se han cometido?
-Definitivamente, colusión desleal o negociación incompatible con la función pública, por indicios de que modificaron un reglamento, como consecuencia de un concierto ilegal para perjudicar al Estado. Hay una cadena de indicios muy clara, pues los permisos fueron anulados porque las empresas no cumplían con lo exigido por el reglamento y luego, a los 15 días, tiempo insólito, modificaron el reglamento para que las empresas puedan obtener los permisos que habían sido declarados nulos.
Otro indicio de delito es que no existe justificación técnica para la modificación del Reglamento de Transporte de Ferrocarriles. Además, las modificaciones consistieron en reducir las exigencias de seguridad, pues ya no se exigió experiencia en el transporte de pasajeros ni solvencia económica, requisitos para un negocio de gran envergadura. También fueron rebajados el monto indemnizatorio para las víctimas de eventuales accidentes.
Aquí ha habido una actuación absolutamente ilegal del ex viceministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Puga Pomareda y un actuación arbitraria de la Sala Civil que revisó un proceso terminado para cambiar el sentido de la sentencia. Lo que hicieron equivale a reabrir un partido de fútbol ya terminado y declarar ganador al equipo que había perdido.
La Primera, 17.09.2009
- Sí, he tenido oportunidad de conocer el caso y he llegado a la conclusión de que el Tribunal Constitucional debe considerar que este no es un simple problema de un supuesto monopolio, sino básicamente que se ha cometido el delito de fraude, al modificarse un reglamento oficial con el fin de eliminar dos garantías fundamentales, las cuales establecían que para operar un servicio ferroviario en el Perú las empresas deben tener experiencia en el transporte de personas y tener solvencia económica y financiera. Ha sido una modificación ilegal, dirigida a permitir que empresas sin la calificación debida, con experiencia solamente en transporte de piedras (minerales), sean las que entren a trasladar personas. Este es un aspecto de fondo que el Tribunal Constitucional no puede dejar de tener en cuenta.
-¿Cómo debiera fallar el Tribunal, teniendo en cuenta esos elementos?
- Por los elementos que he mencionado, el Tribunal debe declarar fundada la acción de amparo, y porque también en la forma hay graves irregularidades. Peruval gana en primera instancia la demanda de amparo contra la modificación del reglamento ferroviario, por ser irregular, sin que haya sido apelado el fallo oportunamente por el Estado, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y estando la sentencia en ejecución aparece el viceministro Puga Pomareda y, entre gallos y medianoche, sin poderes legales para hacerlo, presenta un recurso de queja por el cual la Sala Superior Civil del Cusco, incurriendo en prevaricado, concede el recurso de apelación de un caso ya terminado. Es como si el árbitro hubiera dado validez a un gol cuando el partido ya hubiera terminado. Con ese recurso, modifican la sentencia y declaran improcedente la demanda de Peruvial. El caso ha subido al Tribunal Constitucional por la vía del recurso de agravio, y el Tribunal tiene dos opciones, o mantiene la improcedencia o declara la nulidad por reconocer fundamentada la demanda.
-Parece que se está generalizando la modalidad de modificar normas con fines indebidos…
- Eso se llama fraude legal y consiste en crear o modificar normas para cometer delitos. Esas normas criminales no surten efecto. Si se demuestra que hubo modificación ilegal de una norma, sus efectos son nulos. Ojalá que el Ministerio Público y el Poder Judicial pueden enfrentar esta tendencia. Si combatir a los delincuentes que usan chavetas y cuchillos es difícil, es mucho más difícil combatir a quienes usan las leyes para cometer delitos.
-En este caso, ¿qué delitos se han cometido?
-Definitivamente, colusión desleal o negociación incompatible con la función pública, por indicios de que modificaron un reglamento, como consecuencia de un concierto ilegal para perjudicar al Estado. Hay una cadena de indicios muy clara, pues los permisos fueron anulados porque las empresas no cumplían con lo exigido por el reglamento y luego, a los 15 días, tiempo insólito, modificaron el reglamento para que las empresas puedan obtener los permisos que habían sido declarados nulos.
Otro indicio de delito es que no existe justificación técnica para la modificación del Reglamento de Transporte de Ferrocarriles. Además, las modificaciones consistieron en reducir las exigencias de seguridad, pues ya no se exigió experiencia en el transporte de pasajeros ni solvencia económica, requisitos para un negocio de gran envergadura. También fueron rebajados el monto indemnizatorio para las víctimas de eventuales accidentes.
Aquí ha habido una actuación absolutamente ilegal del ex viceministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Puga Pomareda y un actuación arbitraria de la Sala Civil que revisó un proceso terminado para cambiar el sentido de la sentencia. Lo que hicieron equivale a reabrir un partido de fútbol ya terminado y declarar ganador al equipo que había perdido.
La Primera, 17.09.2009