CAL: Proyecto de Ley de Modificación del Sistema Concursal es un riesgo para los medios de comunicación

El Decano del Colegio de Abogados de Lima Walter Gutiérrez Camacho, señaló que el proyecto de ley de modificación del Sistema Concursal que se discute en el Congreso debe ser perfeccionado, pues en sus actuales términos representa un alto riesgo para las empresas y para la protección del crédito.

 

Si bien es positivo que el proyecto reconozca la situación de burocratismo y morosidad del actual sistema concursal, y que se busque corregir estas deficiencias, no lo es el mecanismo y las figuras legales utilizadas.

Es verdad que en la actualidad la declaración de concurso demora más de seis meses y la calificación de créditos para la instalación de la junta de acreedores demora más de un año, estos son tiempos eternos cuando una empresa ha entrado en crisis económica y de lo que se trata es de proteger los créditos, pero esto no se cambia solo con buenas intenciones y figuras antitécnicas, explicó el Decano del CAL.

El Dr. Gutiérrez dijo que, como se sabe, el proyecto implementa un Procedimiento Concursal Especial sumamente rápido, mediante el cual los acreedores con más de 15 mil UITs (más de 15 millones de dólares) por deudas vencidas e impagas, por un plazo mayor a 90 días, pueden dar inicio a este procedimiento. “Lo criticable del proyecto es que se crea la figura de un administrador extraordinario, que sería nombrado por Indecopi. Esto rompe con una regla básica del Derecho Concursal, un administrador nunca puede ser nombrado por un ente estatal sino por quienes son los verdaderos interesados en la protección del crédito y la marcha de la empresa, esto es, los acreedores”.

Con esta figura se violenta este principio y se corre el peligro de que las empresas puedan ser intervenidas por el Estado, aun cuando esto sea temporal. Precisamente este es otro riesgo del proyecto, que tal como está redactado pueda intervenirse a cualquier empresa incluso las más sensibles, como son los medios de comunicación.

Otro aspecto cuestionable es el referido a que los trabajadores de la empresa, aun cuando no mantengan acreencias impagas, pueden solicitar el inicio del mencionado procedimiento especial si conocen que esta tiene deudas vencidas por más de 90 días y que superen el monto señalado en el proyecto.

Por todas estas consideraciones el Decano del CAL planteó la necesidad de perfeccionar el proyecto en los puntos señalados, y con el propósito de eliminar los mencionados riesgos.