Por Plinio Esquinarila; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Lo más grave es que el actual viceministro de Defensa, Fabián Novak, en 1999 le dio carácter irrevisable al paralelo ecuatorial que Chile considera su límite definitivo con el Perú y no el punto de La Concordia como está estipulado en el Tratado de Lima de 1929.
Son pruebas irrefutables, incluida la firma de dos Notas Reversales por parte del embajador Javier Pérez de Cuéllar, también lesivas al interés patrio.
No debe llamarnos la atención que la prensa tartufa, bien por ideología, por publicidad o por otras malas artes, quiera hacernos creer que 469 patrulleros para la policía están por encima de un asunto de soberanía nacional, que las aventuras del "Loco Aldo" de la banda "Los Injertos" también son más gravitantes o que la monserga del pacto Alan-Fujimori es aun más sustantiva.
Vayamos entonces por partes y cucharadas, y con verdad histórica por delante. Para empezar el Tratado de 1929 es la piedra angular que señala como frontera el punto de La Concordia. Ahí no se habla del paralelo ecuatorial. Esta figura la crea el padre del señor Diego García-Sayán en 1947, cuando no asesora en forma debida al presidente de entonces, don José Luis Bustamante y Rivero, el creador de las famosas 200 millas.
El bendito paralelo ecuatorial se refuerza en el convenio de pesca firmado por Perú, Chile y Ecuador en 1954, lo cual es aprobado por los congresos de los tres países, con lo cual tiene fuerza de tratado, hay que decirlo de una buena vez. Pero en esa oportunidad, como lo ha precisado LA RAZÓN, solo hay limitación mas no delimitación. Aun así es violatorio del Tratado de 1929.
Un tercer momento en que Chile pretende consolidar la línea ecuatorial es con las Notas Reversales de 1968 y 1969, las mismas que no tienen en ninguna parte del mundo carácter de tratado entre estados, aun si Chile considerara que los trabajos de la Comisión Mixta Demarcatoria reconocen el paralelo como límite marítimo. En todo caso serían acuerdos de menor nivel.
Lo que LA RAZÓN le enrostra a Novak es que en un documento reservado que firmó en 1999, siendo abogado del Estado, sostenga que Chile tiene el derecho y las leyes de su parte. Eso no es cierto. Porque como abogado de Torre Tagle, Novak tenía el deber de dar las salidas incluso a las metidas de pata en el convenio pesquero de 1954 y las Notas Reversales.
Porque si la posición oficial de la Cancillería no acepta la existencia de frontera marítima con Chile, al menos como anexo a su informe Novak debió haber planteado que el Perú tenía que denunciar ese acuerdo de 1954 de faros para bolicheras, por obsoleto, o plantear la modificatoria inmediata del decreto supremo de agosto de 1947 que torpemente hace referencia a los famosos paralelos geográficos.
Y sus jefes de Torre Tagle no tenían por qué recibir un documento de esa naturaleza si no tomaba en cuenta la defensa oficial del Estado o las salidas, si acaso el interés nacional estuviera en posición difícil, previa sustentación en los mapas presuntamente elaborados entre 1968 y 1969 que ni la prensa, ni la opinión pública conocen hasta hoy.
Es más, Novak y sus jefes debieron dejar en blanco y negro que se firmaron unas Notas Reversales que, en las nuevas condiciones, tenían que ser echadas al basurero de la historia. Y esto porque a finales de siglo XX y comienzos del nuevo milenio a nadie se le ocurriría legislar sobre faros de señalización en el mar para orientar a las bolicheras de pesca.
Pero hay más. Llama la atención que desde ese año en que se firma el informe Novak, 1999, Chile logra llevar los problemas marítimos, las obligaciones en Arica y el tema de sus inversiones en Perú "por cuerdas separadas" cuando era un solo paquete. Y en forma incomprensible la Cancillería deja de lado el tema marítimo ¡por el informe Novak!
Así las cosas, si para Novak los convenios pesqueros de 1952-1954 y un intercambio de Notas de 1968 ya han establecido "el paralelo como límite marítimo", si los acuerdos de la Comisión Mixta Demarcatoria de 1968 "constituyen un acuerdo irrevisable", si el Perú tiene un conjunto de normas que han aceptado esa realidad (DS 781, Ley 11780 y RS 23); si, además, ha mantenido un "silencio prolongado" sobre las normas chilenas a favor del paralelo, si las notas y declaraciones peruanas de 1986, 2000 y 2001 en contra de este estatus no sirven para nada, si a la vez la equidistancia reclamada por el Perú es inaplicable en los términos de la Convención del Mar de 1982, si el uso de esta misma Convención "no implica siquiera la posibilidad de iniciar conversaciones con Chile sobre la materia", a lo que hay que agregar la "ausencia de soberanía del Perú", la pregunta que surge, siguiendo el dispositivo Novak, es ¿a qué iríamos a La Haya? A perder obviamente.
Esa lectura no la comparte el Perú. Así como el Acta de Ejecución de 1999 es constitucionalmente nula de puro derecho porque modifica el artículo 5º del Tratado de 1929 al colocar el atracadero ridículo fuera de los 1,575 metros de la bahía de Arica. Así, otros actos de Chile pueden ser declarados nulos precisamente por incumplir el Tratado madre de 1929, eso mismo puede aplicarse al famoso paralelo marítimo. Tiempo al tiempo. El Perú es una gran Nación. Sin revanchismo, ni chauvinismo, ni colaboracionismo, sin colisionar con futuros proyectos de la Gran Patria latinoamericana, el problema acá no es Chile: son algunos peruanos y los peruanoides.
(*) La Razón, Lima-Perú.