Registro de bienes culturales es gratuito hasta fin de año
Medida busca promover el registro de bienes del patrimonio cultural
Con la finalidad de promover y facilitar el registro de bienes culturales muebles, que contribuya a la protección y preservación del patrimonio cultural, el trámite del registro continuará siendo gratuito hasta el 31 de diciembre del presente año.
Así lo establece la Resolución Ministerial N.º 0104-2010-ED, publicada en el Diario Oficinal El Peruano, el 22 de abril último. Cabe señalar que la resolución fue aprobada a solicitud del Instituto Nacional de Cultura (INC).
Cabe recordar que el 11 de diciembre de 2008 se suspendió temporalmente el cobro del mencionado trámite por el plazo de un año.
Sobre este tema, la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación (Ley N.º 28296), establece que el propietario de un bien integrante del patrimonio cultural de la Nación está obligado a solicitar ante el organismo competente, es decir el INC, el registro de los bienes culturales que posea.
En caso de que no se realice dicha inscripción, se presumirá la adquisición ilícita del bien, resultando nula cualquier transferencia de propiedad o traslación de posesión, revirtiéndolo a favor del Estado, salvo derecho aprobado en la vía judicial.
Estos trámites y entrega de documentos pueden hacerse por mesa de partes en la sede del INC (Av. Javier Prado Este, 2465, San Borja) y en provincias en los locales de las Direcciones Regionales de Cultura del INC.
Estas medidas tienen por objeto proteger el patrimonio cultural de todos los peruanos partir de la identificación y el registro.
La norma que establece la mencionada prórroga lleva la rúbrica del titular de la cartera de Educación, José Antonio Chang Escobedo.
Cabe recordar que el 11 de diciembre de 2008 se suspendió temporalmente el cobro del mencionado trámite por el plazo de un año.
Sobre este tema, la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación (Ley N.º 28296), establece que el propietario de un bien integrante del patrimonio cultural de la Nación está obligado a solicitar ante el organismo competente, es decir el INC, el registro de los bienes culturales que posea.
En caso de que no se realice dicha inscripción, se presumirá la adquisición ilícita del bien, resultando nula cualquier transferencia de propiedad o traslación de posesión, revirtiéndolo a favor del Estado, salvo derecho aprobado en la vía judicial.
Estos trámites y entrega de documentos pueden hacerse por mesa de partes en la sede del INC (Av. Javier Prado Este, 2465, San Borja) y en provincias en los locales de las Direcciones Regionales de Cultura del INC.
Estas medidas tienen por objeto proteger el patrimonio cultural de todos los peruanos partir de la identificación y el registro.
La norma que establece la mencionada prórroga lleva la rúbrica del titular de la cartera de Educación, José Antonio Chang Escobedo.