Por: Wilfredo Pérez Ruiz (*)

 

Hace unos días se celebró en Lima el 52 Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA). Gracias al impecable protocolo trabajado por este organismo, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, el encuentro fue exitoso y concluyó en importantes acuerdos.

 

codigo etica Wilfredo Perez Ruiz

 

Sin embargo, una noticia vinculada a su secretario general, el abogado, diplomático y político uruguayo Luis Almagro Lemes —que trascendió en círculos noticiosos— coincidió con la clausura de este cónclave: supuestamente habría una “infracción al Código de Ética de la OEA, pues un integrante de esta organización no puede tener relación amorosa con una colega al punto de que esto interfiera en su labor o represente una desventaja para los demás trabajadores”, señaló la agencia Associatted Press (AP).

Este asunto se conoció hace cierto tiempo a través del libro “Luis Almagro no pide perdón”, publicado en noviembre de 2020 por Gonzalo Ferreira y Martín Natalevich, en el que tanto el titular de la OEA y su novia, la politóloga mexicana y funcionaria de este organismo Marián Vidaurri, hablaron de su lazo sentimental.

En tal sentido, es propicio referirme a la trascendencia del “Código de Ética”. Según César Vieira Cervera, autor de la obra “Código de Ética: Mucho más que buenas intenciones” (2015): “Constituye un documento que reúne un conjunto de principios o normas éticas que regulan los comportamientos de todos los que integran una organización, incluidos los directivos”.  

Es decir, guía las funciones o actividades de los individuos en su vínculo con las variadas audiencias (trabajadores, compradores, proveedores, comunidad, gobierno, medio ambiente, entre otros). Recomiendo realismo, concisión y claridad; explicar el por qué y para qué de cada norma; preponderar el bien común sobre los intereses personales. Aparte de encarnar un compromiso activo y permanente y, por lo tanto, una puesta en acción de los valores que permitan una sana convivencia.

Es conveniente destacar los valores corporativos como factores destinados a propiciar cualidades internas y externas; ayudan a comprobar si van por el camino correcto para alcanzar sus metas y tienen vital trascendencia en la imagen institucional. Representan una especie de “columnas vertebrales” que compromete a todos sus colaboradores sin excepción. Es una de las fuentes principales de las que se nutre el “Código de Ética”.

 

Convendría incluir principios representativos como la probidad, la prudencia, la justicia, la idoneidad, la responsabilidad, la legalidad, la veracidad, la discreción, la lealtad, la transparencia, la equidad, la independencia de criterio, la igualdad, la solidaridad, la eficiencia, el honor y la neutralidad. Son los que vienen a mi mente al momento de definir aquellos que están por encima de jerarquías o responsabilidades.

 

Según la estructura orgánica de la empresa se asigna la oficina encargada de su elaboración. Puede ser compartida o tener injerencia el departamento de asuntos jurídicos en coordinación con Recursos Humanos. Del mismo modo, puede convocarse a una compañía consultora o experto independiente. Su diseño demanda conocer la visión, misión, valores y políticas, entre diferentes aspectos medulares.

Su aplicación debe estar antecedida de un proceso de inducción, acompañamiento e incentivos. Es un documento sustancial en la medida que su validez sea transversal y su cumplimiento esté reflejado, con especial énfasis, en sus líderes con el afán de constituir modelos de actuación y evidenciar probidad y consistencia. Éstos deben exhibir la convicción sincera de incluir la ética en la marca y reputación corporativa.

Aconsejo contar con una instancia —con frecuencia llamada Comité de Ética— comisionada para su acatamiento y resolución de consultas sobre el “Código de Ética”, que podrían integrar personalidades de renombre o estar a cargo de un área específica. De esta forma, promueve la difusión de lo establecido en el código; diseña planes de reforzamiento y capacitación; aconseja la suscripción de convenios; evalúa infracciones y propone medidas de perfeccionamiento; absuelve dudas de sus integrantes; formula advertencias para propiciar un desempeño alineado con los objetivos institucionales.

¿Es lo mismo el “Código de Ética” y el “Código de Conducta”? Una diferencia fundamental es que el primero presenta los valores de forma general sin describir situaciones específicas o posibles sanciones a sus trasgresores. Mientras el segundo instaura reglas concretas y, al mismo tiempo, precisa prohibiciones y castigos. En ocasiones se confunden o asumen como sinónimo. El primero es público; el segundo es interno y está inspirado en lo expuesto en el primero. Podríamos afirmar que el “Código de Conducta” reglamenta los enunciados globales del “Código de Ética”.

 

Concurren indiscutibles avances en la concepción de la ética global. A partir de 1973, en el Tercer Foro Económico Mundial de Davos (Suiza) se propuso un “Código de Ética” para la gestión empresarial. Posteriormente, en el Foro Económico Mundial (1999), el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) Kofi Annan, planteó un Pacto Mundial basado en la responsabilidad pública, la transparencia y la defensa de los intereses empresariales, las entidades laborales y la sociedad civil para ejecutar medidas encauzadas al logro de sus principios.

Prevalece una inocultable diferencia en la forma como se concibe la ética. Tengamos presente que “está íntimamente ligada al desarrollo humano integral, refleja la biografía de la persona y el proceso de socialización por el cual ha atravesado y terminó moldeando un sistema de valores, actitudes y comportamientos”, refirió Carlos Darcourt Hurk en su documentada ponencia “Ética, Código de Ética y la Defensoría del Asegurado de Essalud” (2002).

En el ámbito privado cada vez es más creciente su interés e implementación como un elemento encaminado a prestigiar, vislumbrar y otorgar realce al servicio o producto generado. Por lo tanto, fideliza, fortalece el clima laboral, atrae a los mejores profesionales, entre múltiples cualidades inherentes a su práctica. Va mucho más allá de evitar sucesos ilegales o contener disposiciones sancionadoras: contribuye a reforzar la vigencia de los valores y concebir estrategias que refuercen las conductas deseables para alcanzar el bienestar.

No obstante, en el sector estatal persisten ostensibles silencios e incomodidades; se asume cómo una intromisión y subiste ausente empeño para su cabal vigencia. En síntesis, es espinosa, controvertida, atiborrada de desencuentros y vista como una “camisa de fuerza” que impone medidas que, además, están sometidas a la vigilancia colectiva. A pesar de los avances legales surgidos en los últimos años —en el caso peruano existe la Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley Nro. 27815, promulgada el 12 de agosto del 2002)— perduran reticencias sobre su plena incorporación.

A nivel internacional la opinión pública ha logrado conocer sucesos referidos a corrupción, conflicto de intereses, negociación incompatible, entre otros, gracias a las disposiciones imperantes -inexistentes hasta hace algunas décadas- en la esfera del Estado. A ello conviene agregar el rol de las agrupaciones no gubernamentales, los medios de comunicación y de una población capaz de ejercer una ciudadanía alerta frente al papel de sus autoridades. La ética, como es obvio, pone en aprietos a quienes acceden a la función pública con la oscura intención de plasmar usanzas sórdidas.

Soslayemos percibir el “Código de Ética” como un texto jurídico, barroco, improbable y distante de las más urgentes prioridades corporativas. Debe entenderse su valía con el propósito de afianzar un obrar digno y acorde a sólidos postulados y directrices. Quiero evocar las lúcidas palabras que me dedicó uno de los hombres más ilustres del siglo XX en el Perú, el insigne y recordado defensor del patrimonio ambiental Felipe Benavides Barreda (1917-1991): “Ética, como todo en la vida, es la mayor fuerza que tiene el hombre para defender la vida”.

 

(*) Docente, comunicador y consultor en protocolo, ceremonial, etiqueta social y relaciones públicas. http://wperezruiz.blogspot.com/