Norma es resultado del diálogo entablado por el Ejecutivo con los diversos gremios del servicio de transporte de personas y de carga

Por iniciativa del Ejecutivo y en cumplimiento de los compromisos asumidos con los gremios de transportistas, el Congreso de la República aprobó la devolución del 70% del monto correspondiente al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por galón de diésel para los transportistas de personas y de carga, hasta el 31 de diciembre del 2025.

 

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, impulsó esta medida, que busca fortalecer la seguridad vial por parte de los transportistas para acceder al incentivo, pues estos tendrán que invertir en el mantenimiento de sus vehículos.

La Ley N.º 31647, publicada el 20 de diciembre en el diario El Peruano, tiene como objetivo reducir los accidentes en la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional, regional y provincial y/o del servicio de transporte público terrestre de carga, mejorando las condiciones de calidad y seguridad del transporte en beneficio de la población.

Según la norma, para ser beneficiario, el transportista deberá contar con la autorización vigente para prestar el servicio de transporte terrestre de personas otorgado por el gobierno regional o la municipalidad provincial, según corresponda, o la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao tratándose de las provincias de Lima y Callao.

Asimismo, el citado decreto de urgencia, señala que la SUNAT, dentro del primer trimestre de cada año, publicará la relación de los transportistas beneficiarios de la devolución del ISC al combustible diésel B5 y diésel B20, así como el monto de devolución correspondiente a cada beneficiario.

La ley publicada es resultado del diálogo entre el Ejecutivo con los representantes de los gremios del servicio de transporte de personas y de carga, durante el presente año.