Se busca que conductores que brindan el servicio de transporte terrestre de personas y de mercancías realicen su labor de manera óptima y más segura

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones informa que 56 800 conductores que brindan el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías se encuentran calificados para circular por las vías del país, pues dichos transportistas cumplieron con su obligación de llevar el curso de actualización de la normativa del transporte y tránsito, desde agosto 2023, con la finalidad de garantizar que el servicio se dé con respeto por la vida de las personas y según la norma vigente.

 

carga carretera

El curso de actualización puede llevarse en cualquiera de las Escuelas de Conductores autorizadas por el MTC. La capacitación tiene una duración de seis horas pedagógicas (cuatro horas y media cronológicas) y los conductores pueden realizarlo en una o tres sesiones presenciales, registrando su asistencia mediante la identificación biométrica, al ingreso y salida de cada sesión.

Se recuerda que el Reglamento Nacional de Administración del Transporte establece como una de las obligaciones del conductor la realización del curso de actualización cada cinco años. No llevarlo conllevará a la retención de la licencia de conducir y a la suspensión de la habilitación del conductor por 60 días. El Curso será exigible a partir del 1 de enero del 2025. Conoce aquí el Cronograma.

Cabe destacar que la Directiva que regula el Curso de Actualización para conductores fue aprobada mediante Resolución Directoral N° 008-2023-MTC/18, a través de la cual se establece su exigencia cada cinco años, entre otras disposiciones vigentes sobre los Reglamentos Nacionales de Tránsito y de Administración de Transporte, sensibilización sobre siniestros viales, accionar en casos de accidentes y derechos de los peatones, ciclistas y conductores de vehículos de movilidad personal.

El MTC invita a los conductores que brindan el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías a llevar el curso de actualización de la normativa del transporte y tránsito, en cumplimiento de una de sus obligaciones contempladas en el Reglamento Nacional de Administración del Transporte. No llevarlo conllevará a la retención de la licencia de conducir y a la suspensión de la habilitación del conductor por 60 días.