por Herbert Mujica Rojas

Gata de despensera

Si alguien cree que en Cofopri los trámires se están agilizando, se equivoca. Ocurren cosas que son inverosímiles, pero hay que dar cuenta de ellos.

En esta ocasión, con fecha 30-5-12 se entregó la Carta 010-2012-SLVB cuya Sumilla dice:

 

Documentación que acredita el inequívoco derecho de propiedad sobre el Predio Mz E Lote 8 de Los Suspiros de Lurin” solicitadas por COFOPRI con Oficio N° 1855-2012-COFOPRI/OZLC.

También se presentaron las Declaraciones Juradas solicitadas en el mismo Oficio.

Sin embargo al ingresar al seguimiento en la web, con el número de Expediente que pusieron en el sello (2012027349-03) se ve el cuadro que se muestra, donde aparece el nombre de la usurpadora (la invasora Clorilde Ruiz Gonzales) como  la solicitante e iniciadora del expediente, desde el 12-4-12.

O sea: ¡casi dos meses antes, supuestamente, ya estaba en el expediente del PAD esta solicitud. Y la información de los dueños legítimos ha sido “graciosamente” agregada al expediente de la usurpadora.

¡El mundo al revés!

Para probar se presentaron dos solicitudes más relativas al Expediente del Predio, y también le pusieron el mismo número, con guiones -4 y -5. O sea, en ese número de expediente aparentemente estarían  agrupando toda la información del predio.

Pero cabe preguntarse: ¿por qué aparece el nombre de la usurpadora como Solicitante?

¿Qué trámite está haciendo COFOPRI en atención a dicha persona cuyas acciones fueron impugnadas cinco meses antes por los propietarios legítimos, por haber invadido violentamente el predio en mención el 19 de enero?

·        Con fecha 30 de enero 2012 se presentó la Carta N° 004-2012-SLVB (N° Exp. 2012005892-02) que complementaba la Carta N° 002-2012-SLVB de fecha 22 de enero, en las cuales se impugnaba el empadronamiento del 25 de enero y todo trámite de Clorilde Ruiz en relación al predio.

·        Con Carta Notarial (Exp. 2012020129) los propietarios legítimos presentaron documentos de propiedad el 15 de marzo 2012, solicitando la inscripción del título en Registros Públicos.

·        COFOPRI no dio respuesta alguna

·        El mismo día con una segunda Carta Notarial ( Exp. 2012020133) se exigió desestimar la información presentada por la invasora y su apoderado Renato Medina Gálvez por ser documentos falaces, incompletos, carecer de credibilidad y mostrar gran número de deficiencias e irregularidades que se detallaron debidamente.

·        COFOPRI tampoco respondió.

·        COFOPRI se limitó a enviar nuestros pedidos al PAD y tenerlos allí guardados. Cuando se preguntó, el abogado del PAD dijo “que atendían en orden cronológico y que en ese momento estaban atendiendo expedientes del año 2000”.

·        Aparentemente casi un mes después (12 de abril), Clorilde Ruiz habría presentado una solicitud por Mejor Derecho de Posesión.

Cofopri apaña a usurpadora

Pese a la impugnación, COFOPRI diligentemente abre un número de expediente a nombre de la mencionada Clorilde Ruiz G, e inicia el trámite requerido por la traficante. Y mediante Oficios N° 1852, 1853, 1854 y 1855-2012-COFOPRI/OZLC, solicita a todos (Usurpadora, Municipalidad, Fiscalía, Propietarios, etc.), enviar la documentación requerida.

En el oficio N° 1855 (de fecha 26 de abril, entregado recién el 16 de mayo), dirigido a nosotros,  dice entre otros:

“Se ha generado un procedimiento administrativo sobre mejor derecho de posesión respecto del Lote 8 Manzana  E del Asentamiento Humano  Asociación Pro Vivienda Los Suspiros de Lurín….bajo el Código P03286962, ………seguido entre Clorilde Ruiz de Ricra de una primera parte y ustedes de una segunda parte..”

Se extrae el favoritismo hacia la usurpadora (la “primera parte”) y la rapidez con que COFOPRI se mueve en atención a su pedido. Solicitó el 12 de abril y los Oficios ya estaban elaborados dos semanas después (26 de abril).

Toda la información que se presenta aparentemente la agregan al número de expediente que en la web de Trámite de Expedientes, está a nombre de la citada usurpadora.

El número de este importante expediente debía estar a nombre del propietario legítimo o en todo caso debía figurar el nombre de ambos.

¡Propietario legítimo ninguneado!

Como se ve, prevalece otra vez el ninguneo del propietario (a quien dilatan su atención y prácticamente le dicen que espere sentado) y el favoritismo hacia la traficante como en este caso.

El día 23 de mayo (hace aprox. un par de semanas) sin saber del pedido de la usurpadora, pedí y obtuve Lectura del expediente del Predio en mención que se halla en  el PAD. No recuerdo haber visto en el expediente del predio, ese documento presentado supuestamente el 12 de abril por Clorilde Ruiz.

¿Es otro expediente paralelo al del predio?

En resumen:

1.      Si el propietario legítimo presenta su Título de Propiedad y documentos probatorios, solicitando su Inscripción en Registros Públicos, COFOPRI se hace el sordo y aplica su estrategia  burocrática: dilata por años la atención del pedido.

2.      Si cualquier delincuente solicita “Mejor derecho de Posesión “ sobre un predio ajeno, COFOPRI lo atiende rápidamente, y EL PROPIETARIO LEGITIMO está obligado a presentar un montón de papeles para demostrar su derecho de propiedad ante el pedido del delincuente “preferencial”.


¡A la mala enajenan terrenos en playas de Lurín!

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La conexión Cofopri 1

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