Reforma Constitucional Por Una Multa
Por Julio Ubillus Soriano*
Los Constituyentes al redactar la Constitución de 1993, entre los artículos 58.° al 65.° consagran la economía social del mercado para propiciar el libre desarrollo y el bienestar a través de esta política económica; elevándose también a nivel constitucional en el artículo 65.º la defensa de los consumidores y usuarios; para combatir el abuso de las posiciones dominantes, de manera tal que se respete la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria dentro de un pluralismo económico de libre competencia y solo intervención subsidiaria del Estado. El Ejecutivo fue depositario de este mandato constitucional, e Indecopi como organismo técnico encargado de la ejecución.