Da luz verde a comisiones por uso de cajero automático, de mantenimiento, por operaciones en ventanilla, entre otras, y aprueba aplicar silencio administrativo positivo para que bancos puedan crear o modificar cualquier cargo
El congresista Yonhy Lescano denunció que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), lejos de eliminar las más de 5 000 comisiones abusivas que cobran los bancos, ha publicado la Circular N.° B-2205-2012, en la que, bajo pretexto de clasificar en categorías y denominaciones las indicadas comisiones, ha legitimado y convalidado los cobros leoninos que hacen estas entidades, puesto que en el Anexo N.° 1 de la indicada circular convalida las comisiones de tarjetas de créditos por membrecía anual, por retirar dinero o hacer consultas de saldos por cajero automático; o modificar fechas de pago.
Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República, precisó que en el caso de cuentas de ahorro y cuenta corriente, legitima el cobro de mantenimiento de cuenta, los cargos por retiro de dinero en cajero automático, por operaciones en ventanilla, por retiro o depósito a través de otra entidad, etc.
Todas estas comisiones fueron muy cuestionadas hace años; sin embargo la SBS, en lugar de eliminarlas, como lo ordena el Código de Defensa del Consumidor, las ha legitimando con su circular, con lo que claramente que se ha parcializado con los intereses de los bancos, incumpliendo su obligación constitucional de velar por los intereses económicos de los usuarios, como ordena el artículo 65 de la Constitución.
Con esto también se torna en ilusoria y engañosa la tan publicitada eliminación de 18 comisiones bancarias abusivas que proclamó la SBS en octubre pasado mediante Resolución N.° 8181-2012, y que debería hacerse efectiva a partir de este mes, advirtió el legislador.
Lescano agregó que la SBS está incurriendo en uso indebido de la Ley del Silencio Administrativo (Ley 29060) , puesto que la circular dispone que si en 60 días la SBS no se pronuncia sobre las comisiones que le propongan los bancos, dichos cobros se darán por aprobados.
“¿Cómo pueden aprobarse por silencio del Estado cargos que perjudican la economía de los usuarios? ¿Dónde queda el principio pro consumidor del citado artículo 65 de la Constitución?”, preguntó.
De otro lado, la clasificación de comisiones que realiza la SBS, supuestamente para que estos sean los “únicos cobros” que puedan realizar las empresas del sistema financiero, deviene en inútil, porque la SBS autoriza a los bancos a proponerle otras comisiones, aunque estén fuera de esa clasificación, las que pueden aprobarse por silencio administrativo. Es decir total carta blanca para seguir abusando de los usuarios.
Normas de la SBS perjudican a usuarios que recurren al pago mínimo
La SBS ha publicado la Circular N.° B-2006-2012, que en lugar de eliminar la abusiva modalidad de los pagos mínimos en tarjetas de crédito y similares, dispone simplemente, que en dicha modalidad se considere “al menos” una porción del capital adeudado. Con esto no se soluciona nada, porque las empresas del sistema financiero cumplirán con la norma estructurando el pago mínimo con un 1% de capital y 99% de intereses y comisiones, alertó.
La indicada circular también dispone que los pagos mínimos no serán menores a S/. 30 en moneda nacional o US $ 10 en moneda extranjera. Semejante “solución” equivale a convalidar el abuso de hacer eterna una deuda, porque los bancos ofrecerán a sus clientes esta “facilidad”; así por ejemplo una deuda de S/. 1 500 ofrecerán que se pueda pagar con pagos mínimos de S/. 30, donde el 99% serán intereses, con lo que la deuda se cancelará en más de ocho años, pudiendo pagarse en un año.
No deben formar parte del saldo deudor del usuario los cargos y comisiones, sino sólo el capital efectivamente prestado, puesto que no cabe cobrar intereses respecto de dichos cargos. Sin embargo la SBS en la mencionada circular incluye como parte del saldo deudor del usuario estos conceptos, agravando la situación de los usuarios, enfatizó.