El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) impuso una multa de 45 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a la aerolínea Peruvian Airlines S.A. por haber incurrido en actos de discriminación contra pasajeros con discapacidad auditiva. La sanción fue impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor de la sede de Lima Norte y aún se encuentra en plazo de apelación.
La decisión fue tomada por la mencionada Comisión, luego de investigar de oficio una noticia difundida en los medios de comunicación, en la que se daba cuenta que la aerolínea impidió a personas con discapacidad abordar el vuelo que los trasladaría de Lima a la ciudad de Iquitos. El hecho ocurrió el 12 de noviembre del 2012.
Durante la investigación, la Comisión corroboró que Peruvian Airlines tiene como política interna que por cada cuatro pasajeros con discapacidad auditiva, necesariamente debe viajar un acompañante, presumiendo que todo pasajero con dicha discapacidad requerirá de una atención especial, aún cuando esta no sea necesaria ni haya sido solicitada por el viajero.
En ese sentido, el INDECOPI precisó que esta normativa interna no se ajusta a las disposiciones establecidas en la legislación nacional e internacional respecto de las obligaciones que deben asumir los operadores aéreos frente a los pasajeros con alguna discapacidad.
Es por ello que la Comisión impuso a la empresa una multa de 45 UIT, equivalentes a 166 500 nuevos soles; decisión que podría ser apelada ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del INDECOPI, para su revisión en segunda y última instancia administrativa.