yonhylescano4Se puede presentar en cada caso una simple declaración jurada  sin pagar nada.  Indecopi debe eliminar alzas desmesuradas por ser barreras burocráticas

El congresista Yonhy Lescano recordó que los diversos certificados policiales no son obligatorios según lo dispone el artículo 41, párrafo 41.1.3. de la Ley  27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que dice que las entidades públicas, las personas jurídicas privadas que prestan servicios públicos o funcionan en  virtud de concesión o autorización estatal, están obligadas a recibir las declaraciones juradas sobre antecedentes policiales, buena conducta, domicilio, supervivencia, orfandad, viudez, pérdida de documentos, entre otros, en vez de la documentación oficial a la cual reemplazan con el mismo mérito probatorio.  

Lescano,  miembro titular de la  Comisión de  Defensa del Consumidor del Congreso, subrayó que es ilegal la exigencia de presentar todos estos certificados que expide la Policía, ya que la citada Ley en su artículo 41.4 indica que tal presentación es potestad del interesado quien puede hacerlo voluntariamente si lo considera conveniente a su derecho. La regla general es que basta la declaración jurada simple por parte del ciudadano cuyo sustento es  el artículo 42 de la mencionada Ley que consagra el principio de presunción de veracidad. Este a su vez está limitado por el principio de control posterior contenido en el artículo 1.16 de la indicada Ley 27444, donde el falso declarante es pasible de una denuncia penal por delito contra la fe pública.

De otro lado, ante la situación ante los incrementos desmesurados y abusivos en los precios de las tasas policiales  la PCM, e INDECOPI deben difundir masivamente que estas certificaciones no son obligatorias y que son válidamente reemplazadas por las declaraciones juradas respectivas.

Ahora bien, en lo tocante a los incrementos desmesurados de las indicadas tasas, esto viola el artículo 45 de la mencionada Ley 27444, el cual señala que  estos precios deben guardar relación con el costo real del servicio, lo que no ocurre, puesto se han fijado arbitrariamente. Por ejemplo, el certificado de antecedentes policiales ha subido de S/. 7.20 a S/. 28.50, es decir, 400%, pero no ha subido en absoluto el costo de producción del documento. Lo mismo ocurre con el permiso de mudanza, que ha pasado de S/. 3.6 a S/. 40, siendo el incremento de más de 1000%. En estos casos, y los otros, debe intervenir  la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, para eliminar estos cobros abusivos, cosa que ya debió haber hecho de oficio.