La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó dos normas que modifican y agilizan el trámite para el traslado de los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP), con lo que el proceso de traspaso se reducirá de dos a un mes.
En adelante, el traspaso de los afiliados de una a otra AFP se realizará de acuerdo a la fecha de presentación de la solicitud.
Para las solicitudes presentadas entre los días 1 y 15 del mes, los fondos serán administrados por la AFP de destino a partir del mes siguiente de haber solicitado su traspaso, mientras que para las solicitudes presentadas a partir del día 16 hasta fin del mes, los fondos serán administrados por la AFP de destino a partir del mes subsiguiente de haber solicitado su traspaso.
Asimismo, indicó que los afiliados que durante el periodo de elección del tipo de comisión hubieran optado por el esquema por flujo, podrán ejercer su derecho a revocar tal elección en la oportunidad que decidan suscribir una solicitud de trasaso a otra AFP. Esto hace el proceso más eficiente para el afiliado y bajo un menor costo de transacción, afirmó.
Por otro lado, la SBS estableció que los afiliados que durante el periodo de elección del tipo de comisión hubieran optado por el esquema por flujo (sobre el sueldo), podrán ejercer su derecho a revocar tal elección en la oportunidad que decidan suscribir una solicitud de traspaso a otra AFP.
El pago de los aportes voluntarios con o sin fin previsional deberá realizarse por el Portal de Recaudación AFPnet o por cualquier otro medio alternativo que implementen las AFP.