Eoficina publicastarían propiciando sobrecostos en el sector salud y cosmética

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) identificó 32 potenciales barreras burocráticas y paraarancelarias que estaría imponiendo la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), del Ministerio de Salud, a las empresas dedicadas a la comercialización de productos destinados a la salud, cosméticos e higiene.

Las presuntas barreras fueron identificadas en diferentes reuniones de trabajo y talleres realizados con empresarios del sector; y están relacionadas a las contradicciones que existen entre el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la DIGEMID y lo dispuesto en la nueva Ley N 29459, promulgada en el año 2009, así como en los reglamentos DS 014-2011-SA y DS N 016-2011-SA, emitidos en el 2011.

El referido TUPA no estaría actualizado, ni acorde con la normativa vigente por lo que se ven afectados los plazos de emisión de los registros sanitarios, documento indispensable para la comercialización de productos farmacéuticos, dietéticos, odontológicos, entre otros.

En cuanto a los productos cosméticos y de higiene, cuya emisión de notificaciones sanitarias que en teoría debería ser automático por estar regulados por normas de la Comunidad Andina, tendrían un retraso considerable en su emisión, perjudicando económicamente a las empresas dedicadas a su comercialización.

El INDECOPI identificó estas afectaciones al comercio durante un estudio, en el que empleó la metodología denominada “Modelo de costos estándar”. Así, midió el impacto económico a través de la estimación de costos que representa para el empresario cumplir con los requisitos que exige el Estado. El estudio se encuentra en el siguiente enlace del portal institucional: http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/0/jer/publicacionesqs/ObservatorioMercados-2013.pdf

Las potenciales barreras burocráticas que representarían un mayor costo directo, asociados a un procedimiento de la DIGEMID serían: el trámite de “reconocimiento de la notificación sanitaria” obligatoria – homologación” y el “trámite de CLV”. Ambos registran un costo unitario mínimo de S/. 617,22 y un máximo de S/. 2 810,00. Asumiendo que sean 10 barreras las que afectan a una empresa, el costo total estaría en un rango de entre S/. 4 567,81 y S/. 18 169,97.

El INDECOPI tomará acciones a través de sus comisiones de Eliminación de Barreras Burocráticas y Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, para velar por el cumplimiento del marco legal vigente".