- Varios casos derivan en la imputación injustificada de deudas del servicio hasta denuncias penales por la comisión de delitos a través del uso de dichos servicios
- El OSIPTEL debe establecer que la suplantación de identidad sea una materia reclamable.
La Defensoría del Pueblo alertó sobre la suplantación de identidad en la contratación de los servicios de telecomunicaciones por lo que recomendó al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) establecer un mecanismo que exija a las empresas atender este tipo de casos como reclamo y en un corto plazo, a fin de que las víctimas no se vean afectadas por deudas impagas o delitos cometidos por otras personas.
Iván Lanegra, Adjunto para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas detalló que entre el 2010 y el 2014, esta institución recibió 64 quejas de ciudadanos y ciudadanas cuya identidad fue empleada ilegalmente para la contratación de los referidos servicios. Los ciudadanos advirtieron esta situación al ser notificados de deudas generadas por servicios que nunca contrataron, y que al no haber sido pagadas ocasionó que los afectados aparezcan en centrales de riesgo. En otros casos, las líneas contratadas ilegalmente fueron utilizadas en la comisión de delitos que ahora son imputados a las personas suplantadas.
Por ello, Lanegra insistió en pedir que el OSIPTEL implemente como materia reclamable ante las empresas de telecomunicaciones el cuestionamiento de la titularidad de los servicios, cuando se evidencie la señalada usurpación. “Estos casos ocurren debido a que los distribuidores comerciales de chips y equipos no realizan un control efectivo y constante que permita acreditar fehacientemente la identidad de una persona al momento de solicitar la contratación de un servicio”, precisó el funcionario.
En ese sentido, destacó la reciente dación del Decreto Supremo N.° 023-2014-MTC, en el cual se establece que a partir de junio del 2015 las empresas de telecomunicaciones deberán verificar la identidad de los abonados prepago a través de sistemas de verificación biométrica y en centros debidamente autorizados y registrados.
“Por el momento, la única medida de prevención de la que disponen los usuarios es ingresar su número de DNI en los enlaces web de las empresas operadoras a fin de conocer si alguien contrató ilegalmente algún servicio a su nombre. Si un usuario detectara una indebida imputación de titularidad del servicio, debe reclamar ante la empresa operadora y el OSIPTEL o acudir a nuestras oficinas”, puntualizó.
Sobre el particular, más información en este link: https://www.youtube.com/watch?v=vfD9-XxD1Qw
El Reniec mantiene una base de datos que pertenece a todos los peruanos, por lo cual tiene la obligación de brindar servicios a la ciudadanía a costos razonables. La identificación dactilar es una necesidad en bancos, centros de votación, exámenes de admisión a universidades, Registros Públicos y otras actividades, que no la usan por su alto costo.
Con este sistema sería imposible perpetrar una suplantación de identidad, pues, como se hace en las notarías, la persona debe colocar su dedo para identificación de su huella digital conectando al sistema del Reniec, por lo cual su uso debería ser obligatorio, en especial en operaciones que implican costos, deudas, etc.
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