El Indecopi desbarató pretensiones de Kimberly Clark y Protisa

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), mediante su Gerencia de Estudios Económicos (GEE), ha calculado un ahorro potencial a la ciudadanía, a nivel nacional, de aproximadamente S/ 1 144,40 millones (mil ciento cuarenta y cuatro millones de soles) desde el año 2015, cuando se desarticuló el cártel del papel higiénico.

El hombre ha demandado al fabricante de las cápsulas de extractos de té verde que le causaron serios problemas hepáticos.

El estadounidense Jim McCants, residente en Dallas (Texas), tomaba unos suplementos alimenticios con extracto de té verde hasta que fue diagnosticado con cirrosis hepática hace cuatro años. El hombre relató a la BBC que su padre murió cuando tenía 59 años a causa de un ataque cardíaco, por lo que al llegar él a la cincuentena, decidió empezar a cuidar su salud de manera seria alimentándose de comida saludable y practicando deporte.

La Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 (CC3) del Indecopi sancionó, en primera instancia administrativa, a la empresa San Fernando S.A., con una multa total de 454.2 UIT (unidades impositivas tributarias) por no cumplir con el correcto etiquetado de ocho productos alimenticios que comercializa en el mercado nacional, infringiendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

De acuerdo con la Resolución Final N.° 106-2018/CC3 del 14 de setiembre de 2018, la CC3 comprobó que cuatro productos investigados: ‘hamburguesa casera de pollo’, ‘paté de pollo’, ‘jamonada de pollo’ y ‘apanado de pollo’, contaban con etiquetas cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza, es decir, su etiqueta indicaba que eran a base de pollo, pero entre sus ingredientes también figuraban la carne y grasa de cerdo, piel de pollo y carne de pavo. Debido a ello, se le aplicó la multa máxima de 450 UIT, que permite el Código, equivalente a S/ 1 867 500 (un millón ochocientos sesenta y siete mil quinientos soles).

En el marco del Día Nacional de Ahorro de Energía en el Perú, que se celebra este domingo 21 de octubre, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), recuerda a la ciudadanía que, desde el 7 de abril del presente año, se encuentra vigente el Reglamento Técnico sobre el etiquetado de eficiencia energética para equipos energéticos (Decreto Supremo N° 009-2017-EM).

No solo los seguros oncológicos especializados te protegen contra esta enfermedad: planes de EPS, seguros integrales, colectivos e indemnizatorios tienen cobertura contra el cáncer. · La gran escala de los productos colectivos permite ofrecer coberturas oncológicas a bajo costo a trabajadores dependientes a través de sus empresas. 

El cáncer es una de las enfermedades más complejas de afrontar: no solo por lo delicado que puede ser su diagnóstico, sino por lo caro que resulta su tratamiento –que, en promedio, puede llegar a costar S/ 200,000 al año–. Pero, si se detecta a tiempo, se puede superar, y con un seguro adecuado esos costos pueden afrontarse.

La Agencia de Propiedad Intelectual de Australia (IP Australia) publicó ayer jueves 11 de octubre, a través del Diario Oficial de Marcas de Australia (Australian Official Journal of Trade Marks – AOJTM), el desistimiento presentado por la empresa australiana Margaret River Winemakers Pty Ltd. de su solicitud de registro de la marca Harmans Ridge Margaret River Pisco, para distinguir bebidas alcohólicas que contienen vino.

Usuarios fueron afectados por cancelación de vuelos entre febrero y marzo de 2018

La Comisión de Protección al Consumidor de la sede del Indecopi en Lima Norte sancionó, en primera instancia, a la aerolínea Latin American Wings (LAW) por afectar 38 vuelos, programados en la ruta Lima - Santiago de Chile, por lo cual devolverá el dinero a más de 5,000 pasajeros.

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL declaró infundados los recursos de apelación presentados por las empresas Claro y Telefónica, y confirmó las multas por S/ 622,500 (150 UIT) y S/ 413,340 (99.60 UIT), respectivamente, por incumplir resoluciones del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios-TRASU, relacionados a temas de calidad del servicio, principalmente.

Pueden ser "nocivos" y promueven tratamientos "con una clara intencionalidad comercial". La mayoría contienen desinformación y son contrarios a los tratamientos de quimioterapia

El Consejo Audiovisual de Cataluña y el Colegio de Médicos de Barcelona han pedido retirar más de una decena de vídeos de Youtube que difunden contenidos pseudocientíficos para luchar contra el cáncer, que incluso pueden ser "nocivos" y promueven tratamientos "con una clara intencionalidad comercial".